Subvenciones y ayudas de la Consejeria de Medio Ambiente y Desarrollo Rural a las Entidades Locales.

Código de ayuda:

S06191/08

Norma:

Resolucion de 16 de enero de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 27/02/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente convocatoria la concesión de subvenciones y ayudas para las diferentes líneas de actuación que desarrollen, durante los periodos previstos en cada línea, las Entidades Locales del Principado de Asturias en el ámbito de la competencia de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Desarrollo Rural
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural (Principado de Asturias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Son beneficiarias de las líneas de ayuda a las que se refieren estas bases, con carácter general, las Entidades Locales del Principado de Asturias que ejecuten y/u organicen las actuaciones para las que se dirigen las mismas.

La Entidad Local debe ser la única organizadora de las actividades para la que solicita la ayuda.

Sin perjuicio de lo que dispongan específicamente las bases reguladoras de cada línea de ayudas las Entidades Locales beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos y obligaciones:

a) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
b) Encontrarse al corriente de pago de las obligaciones por reintegro de subvenciones.
c) No estar incursas en el resto de circunstancias y prohibiciones que figuran en los apartados 2 y 3 del artículo 13 la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
d) Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, de acuerdo con lo establecido en el apartado d) del artículo 14 de dicha Ley y demás normas de aplicación.
e) Adoptar las medidas de difusión contenidas en el apartado 4 del artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. En este sentido, será necesario que todos los carteles, folletos y demás medios de divulgación escrita o audiovisual de las actividades objeto de ayuda incluyan la imagen institucional de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actuaciones objeto de ayuda se concretan en las siguientes líneas de actuación:

• Línea 1: Ordenación y Desarrollo del Bosque (Consultar Base Tercera).
• Línea 2: Infraestructuras de Defensa contra Incendios (Consultar Base Tercera).
• Línea 3: Certámenes de productos agroalimentarios (Consultar Base Cuarta).
• Línea 4: Certámenes ganaderos (Consultar Base Quinta).
• Línea 5: Conservación de Espacios Naturales Protegidos y mejora y conservación de los núcleos rurales incluidos en la Red Regional de Espacios Naturales Protegidos (Consultar Base Sexta).
• Línea 6: Adquisición de equipamientos destinados a gestión de residuos urbanos (Consultar Base Séptima).
• Línea 7: Gestión de los residuos sólidos urbanos y mejora del entorno (Consultar Base Octava).
• Línea 8: Gestión de recogida de residuos plásticos de usos agrarios (Consultar Base Novena).
• Línea 9: Acciones de desarrollo sostenible para facilitar la implantación de la Agenda 21 Local (Consultar Base Décima).

Documentos asociados

Boletín: 28/01/2008
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 22
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento