Subvenciones sometidas al regimen general de subvenciones para el año 2008 del Instituto de la juventud.

Código de ayuda:

S49646/07

Norma:

RESOLUCION de 21 de mayo de 2007. ORDEN TAS/1365/2007, de 10 de mayo. RESOLUCION de 25 de enero de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/03/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Serán objeto de subvención los programas dirigidos a jóvenes entre 14 y 30 años que se relacionan en el anexo A de la presente convocatoria, destinados a apoyar el movimiento asociativo juvenil y su participación social, así como al fomento de programas que posibiliten la autonomía y promuevan la igualdad de oportunidades de los y las jóvenes.

Los programas de mantenimiento y equipamiento están destinados preferentemente a las entidades u organizaciones incluidas en las letras a) y b) del número 1 del artículo 4.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Juventud

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades y organizaciones no gubernamentales que concurran a las correspondientes convocatorias deberán reunir, a la fecha de publicación de las correspondientes convocatorias, los siguientes requisitos:

a) Estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en el correspondiente Registro administrativo.
b) Tener ámbito de actuación estatal, según su título constitutivo.
c) Carecer de fines de lucro. A estos efectos se considerarán también entidades sin fines de lucro aquellas que desarrollen actividades de carácter comercial, siempre que los beneficios resultantes de las mismas se
inviertan en su totalidad en el cumplimiento de sus fines institucionales, no comerciales.
d) Aquellos que se determinen en las correspondientes convocatorias.
e) Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
f) Haber justificado, en su caso, suficientemente, las ayudas económicas recibidas con anterioridad del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
g) Disponer de la estructura y capacidad suficientes para garantizar el cumplimiento de los objetivos, acreditando la experiencia necesaria para ello.
h) No estar incursas en el resto de las prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley General de Subvenciones.
No se entenderán incluidas dentro de la tipología de estas entidades y organizaciones no gubernamentales las entidades de derecho público, las universidades, los partidos políticos, los colegios profesionales, las sociedades civiles y otras entidades con análogos fines específicos y naturaleza que los citados anteriormente.

Además de los requisitos anteriores de carácter general establecidos en la Orden TAS/1365/2007, de 10 de mayo, y de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 1, letra d), de dicho precepto, las entidades u organizaciones que concurran a la presente convocatoria deberán acreditar los siguientes requisitos:

1. Estar legalmente constituidas como:
a) Asociaciones juveniles, Federaciones o Confederaciones de Asociaciones Juveniles.
b) Secciones Juveniles de entidades sociales u organizaciones no gubernamentales que tengan reconocidos en sus Estatutos autonomía funcional, organización y gobierno propio para los asuntos específicamente
juveniles.
c) Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud, dedicadas con carácter habitual a la realización de actividades en favor de la juventud según previsión expresa en sus Estatutos.

2. En relación con el requisito recogido en el artículo 2.1.b) de la Orden TAS/1365/2007, de 10 de mayo, y en atención a sus especiales circunstancias, podrán participar en la presente convocatoria las entidades
u organizaciones no gubernamentales cuyo ámbito territorial de actuación sean Ceuta y Melilla.

3. Acreditar documentalmente tener sede abierta y en funcionamiento en el ámbito de varias Comunidades Autónomas.

Documentos asociados

Boletín: 18/05/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 119
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 12/06/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 140
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 28/02/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 51
Documento: Descargar Documento