Subvenciones sometidas al regimen general de subvenciones, durante el año 2010.

Código de ayuda:

S40237/10

Norma:

ORDEN IGD/3723/2008, de 10 de diciembre. Orden IGD/1176/2010, de 4 de mayo. Resolución de 26 de mayo de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/07/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar la realización, por entidades y organizaciones no gubernamentales (en adelante entidad/es) de ámbito de actuación estatal, de programas/actividades relacionadas con las áreas de competencia del Instituto de la Mujer, la Igualdad efectiva de mujeres y hombres, medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género y con el Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades 2008-2011.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Sanidad, Política Social E Igualdad ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Entidades y organizaciones no gubernamentales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los programas prioritarios, a subvencionar por el Instituto de la Mujer, en esta convocatoria, son los siguientes:

1. Programas dirigidos a colaborar en el mantenimiento y funcionamiento del movimiento asociativo de las mujeres que trabajan a favor de la Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres.

2. Programas innovadores dirigidos a la formación y promoción de las mujeres en todos los ámbitos de actuación.

3. Programas dirigidos a fomentar la empleabilidad, la calidad en el empleo y la igualdad salarial de las mujeres.

4. Programas dirigidos a promover la conciliación y la corresponsabilidad.

5. Programas dirigidos a promover la inserción social de las mujeres que se encuentran en situación de especial vulnerabilidad.

6. Programas dirigidos a mejorar la vida de las mujeres del medio rural.

7. Programas dirigidos a prevenir y erradicar todo tipo de violencia contra las mujeres.

Requisitos:

1. Tener ámbito de actuación estatal, según su título constitutivo, excepto para las entidades u organizaciones no gubernamentales, cuyo ámbito territorial de actuación sea la Ciudad de Ceuta o Melilla, en atención a sus especiales circunstancias.

2. Carecer de fines de lucro. A estos efectos, se considerarán también entidades sin fines de lucro aquellas que desarrollen actividades de carácter comercial, siempre que los beneficios resultantes de las mismas se inviertan, en su totalidad, en el cumplimiento de sus fines institucionales, no comerciales.

3. Constar, entre los fines estatutarios de la entidad, el fomento de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, en el supuesto de que se trate de entidades u organizaciones no gubernamentales que no sean específicamente de mujeres.

4. Las entidades inscritas en el correspondiente Registro con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación o, en su caso, aquella que le sea de aplicación, tendrán que haber adaptado sus estatutos a la legislación vigente aplicable y acreditar su inscripción, en el Registro correspondiente, con anterioridad a la fecha de finalización del plazo para presentar la solicitud de esta subvención.

Documentos asociados

Boletín: 20/12/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 306
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 07/05/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 111
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 21/06/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 150
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento