Subvenciones sometidas al regimen general de subvenciones de la Secretaria de Estado de Servicios Sociales, Familias y Discapacidad - Corrección de errores.

Código de ayuda:

S11855/08

Norma:

ORDEN TAS/421/2008, de 19 de febrero. RESOLUCION de 29 de febrero de 2008. RESOLUCION de 6 de marzo de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 08/05/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La realización de actuaciones sociales dirigidas a favorecer la inclusión social y a apoyar el movimiento
asociativo y fundacional de las personas con discapacidad, familias, infancia, pueblo gitano y voluntariado, y de aquellas otras que, en definitiva, se dirijan al fortalecimiento del Tercer Sector de Acción Social.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades u organizaciones no gubernamentales.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en el correspondiente Registro administrativo a la fecha de publicación de la convocatoria.

b) Tener implantación estatal, según su título constitutivo.

c) Carecer de fines de lucro. A estos efectos, se considerarán también entidades sin fines de lucro aquellas que desarrollen actividades de carácter comercial, siempre que los beneficios resultantes de las mismas
se inviertan en su totalidad en el cumplimiento de sus fines institucionales, no comerciales.

d) Aquellos que se determinen específicamente en las resoluciones de convocatoria, en relación con los fines de las subvenciones convocadas, los propios de las entidades y organizaciones solicitantes establecidos en sus Estatutos, así como su grado de implantación. En todo caso, las organizaciones o entidades solicitantes deberán tener como fines institucionales primordiales la realización de las actividades a que se refieran las respectivas Resoluciones de convocatoria.

e) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
f) Haber justificado, en su caso, suficientemente, las ayudas económicas recibidas con anterioridad del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, antes Ministerio de Asuntos Sociales.

g) Disponer de la estructura y capacidad suficientes para garantizar el cumplimiento de los objetivos, acreditando la experiencia operativa necesaria para ello.

Documentos asociados

Boletín: 21/02/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 45
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 23/02/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 47
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 29/03/2008
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Boletín: 08/04/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 85
Documento: Convocatoria 2008 Descargar Documento