Subvenciones que tengan por objeto proyectos comunitarios de resocialización de personas penadas.

Código de ayuda:

S55546/22

Norma:

ORDEN de 31 de agosto de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 21 de octubre de 2022

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a proyectos comunitarios de resocialización de personas penadas en centros penitenciarios vascos; de penadas con suspensión de la ejecución de su pena privativa de libertad y de colaboración en la ejecución y seguimiento de las medidas alternativas a la pena privativa de libertad y determinados programas de atención social.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Entidades sin animo de lucro que cumplan con los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Programas que faciliten plazas de acogida de carácter sociosanitario a personas internas en los centros penitenciarios que sean enfermas terminales o que sufran una enfermedad grave incurable.

b) Programas que faciliten recursos de acogida a madres penadas con hijos o hijas que se encuentren en régimen abierto o equiparable.

c) Programas que faciliten recursos de acogida de corta, media o larga estancia a personas penadas en régimen abierto o equiparable con problemas de adicciones o salud mental o que no dispongan de otros apoyos.

d) Programas de centro de día para la atención, cuidado, rehabilitación y socialización de personas en medio abierto a determinadas horas del día.

e) Programas destinados específicamente a facilitar orientación en la integración de personas extranjeras penadas.

f) Programas de apoyo a la responsabilización de las personas penadas en el contexto de procesos restaurativos. Iniciativas que contribuyan a tomar conciencia, asumir y restaurar el daño y perjuicio ocasionado a las víctimas.

g) Programas de actividades de ocio educativo que impulsen el desarrollo de habilidades personales, sociales y que den valor y utilidad al tiempo de permanencia en los centros, fomenten su socialización y proceso de cambio personal. Iniciativas relacionadas con artes visuales, plásticas, escénicas y audiovisuales; organización de concursos, exposiciones, muestras y ferias para promover las creaciones de las personas internas; ejercicio físico y la práctica deportiva; salidas culturales y paseos por la naturaleza; educación en el tiempo libre, etc.

h) Programas en el ámbito de la convivencia, inclusión sociolaboral y desarrollo comunitario: iniciativas colaborativas de inserción sociolaboral que complementen de forma integral con acompañamiento, asesoramiento o gestión de prestaciones la oferta de Lanbide y de Aukerak.

Igualmente, iniciativas que preparen y promuevan la adaptación de las personas internas a la sociedad, reforzando una convivencia que promueva valores de respeto y habilidades interpersonales que permitan el disfrute de una vida comunitaria plena.

i) Programas de intervención psicoeducativa para personas en situación de libertad condicional: programas de acogida con asistencia y acompañamiento a personas liberadas condicionales, por ejemplo, programas formativos, laborales, culturales, de educación sexual, de defensa del medio ambiente, de protección de animales, de igualdad de trato y no discriminación, y otros similares o de deshabituación al consumo de alcohol, drogas tóxicas o sustancias estupefacientes, o de tratamiento de otros comportamientos adictivos.

j) Programas de colaboración en la ejecución y seguimiento de las penas y medidas alternativas a penas privativas de libertad: programas de reserva de plazas para trabajos en beneficio de la comunidad.

Requisitos:

a) Tratarse de entidades sin ánimo de lucro, legalmente constituidas e inscritas en el registro
que por su naturaleza jurídica corresponda.

b) Tener sede y actividad en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

c) Reunir los requisitos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y no estar incursa en las prohibiciones previstas en el mismo.

d) No estar incursa en alguna de las prohibiciones de concesión de ayudas o subvención contempladas en el artículo 50.5 del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco (Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre).


Serán subvencionables los proyectos que reúnan los siguientes requisitos:

a) Que consistan en alguna de las modalidades contempladas en el artículo 2 de esta Orden.

b) Que los proyectos que se inicien en los centros penitenciarios cuenten con aprobación previa de la Administración penitenciaria vasca o la obtengan antes de la resolución de esta convocatoria.

c) Que empleen la metodología del acompañamiento integral.

d) Que se inicien en 2022 y se realicen entre los ejercicios 2022 y 2023.

Documentos asociados

Boletín: 20/09/2022
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 180
Documento: Bases y Convocatoria 2022 Descargar Documento