Subvenciones públicas para la realización de cursos de formación para la capacitación digital y sostenibilidad en el ámbito del transporte y la movilidad.

Código de ayuda:

S50319/22

Norma:

Orden TMA/780/2022, de 21 de julio. Resolución de 28 de septiembre de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 4 de noviembre de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras de concesión de subvenciones públicas destinadas a la realización de cursos de formación para la capacitación digital y sostenibilidad en el ámbito del transporte, la movilidad, la
logística y las infraestructuras, entendidos con un enfoque amplio.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Formación
  • Transporte

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Serán beneficiarios de estas subvenciones las Universidades públicas o privadas constituidas conforme a la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, debidamente inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, regulado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán gastos subvencionables los gastos corrientes relativos a la organización e impartición de acciones formativas orientadas a la adquisición y mejora de competencias profesionales relacionadas con la capacitación digital y sostenibilidad en el ámbito del transporte y la movilidad, así como la logística, la operación y el mantenimiento de las infraestructuras vinculadas, que cumplan las características establecidas en el capítulo III de la presente orden ministerial y que se realicen antes del 30 de junio de 2025.

Serán subvencionables los costes siguientes:

a) los costes de personal de los formadores, correspondientes a las horas en que estos participen en la formación;

b) los costes de explotación en que incurran los formadores y los beneficiarios de la formación, directamente relacionados con la acción formativa, como gastos de viaje, materiales y suministros vinculados directamente a la acción formativa, y la amortización de instrumentos y equipos, en la medida en que se utilicen exclusivamente para la acción formativa; se excluyen los costes de alojamiento, excepto los costes mínimos de alojamiento necesarios para los beneficiarios de la formación que sean trabajadores con discapacidad;

c) los costes de servicios de asesoramiento relacionados con la acción formativa;

d) con carácter general, los costes indirectos (gastos administrativos, alquileres, seguros, publicidad y difusión, gestión y dirección) en que se haya incurrido por las horas en las que los destinatarios participen en la formación.

e) los costes de avales y/o fianzas.

Todas las cifras empleadas se entenderán antes de tasas o impuestos.

Requisitos:

a) No incurrir en ninguno de los supuestos contemplados en el artículo 13 apartado 2 y apartado 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

b) No tener deudas por resolución de procedencia de reintegro de ayudas o préstamos con la Administración, ni estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una Decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.

El cumplimiento de los requisitos deberá estar siempre referido a la fecha final del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria correspondiente, salvo que la convocatoria especifique otra fecha diferente.

No podrán otorgarse estas ayudas a aquéllos que, habiendo sido beneficiarios de las mismas en alguno de los dos ejercicios anteriores, no las hubieran percibido, ni siquiera parcialmente, por haber renunciado íntegramente a ellas o por no haber aportado la documentación necesaria para su cobro.

Documentos asociados

Boletín: 10/08/2022
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 191
Documento: Bases Reguladoras 2022 Descargar Documento
Boletín: 03/10/2022
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 237
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
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