Subvenciones públicas para la financiación de acciones formativas dirigidas a la cualificación y recualificación de la población activa, vinculadas a cualificaciones profesionales en sectores estratégicos, cuidado de las personas y zonas de riesgo de despoblación, así como para el acompañamiento para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Código de ayuda:

S19591/23

Norma:

ORDEN EPE/358/2023, de 29 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de septiembre de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Programa de subvenciones destinadas a la formación no formal de cualifcación y recualifcación de la población activa, vinculada a cualificaciones profesionales en sectores estratégicos, cuidado de las
personas y zonas de riesgo de despoblación, así como para el acompañamiento para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y proceder a su convocatoria en el año 2023, así como la modifcación del Plan Estratégico de Subvenciones del Instituto Aragonés de Empleo, para el periodo 2021-2023.

Categorías Subvención

  • Formación
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Economía, Planificación y Empleo (Aragón)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Línea 1 prevista en el punto 1 del artículo 8, de oferta modular de acciones formativas de sectores estratégicos:

a) Empresas, a título individual, con centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Aragón, que presenten proyectos de formación para sus personas trabajadoras. Las empresas podrán ser de titularidad de personas físicas, sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada y otras formas jurídicas admitidas en derecho.

b) Agrupaciones empresariales, consorcios, organismos y entidades sectoriales que representen o agrupen empresas con centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Aragón, de cualquier dimensión, que presenten proyectos de formación para un número conjunto no inferior a 20 personas trabajadoras de las distintas empresas pertenecientes o vinculadas a la beneficiaria.

c) Entidades sin ánimo de lucro que presenten proyectos de formación para población activa en búsqueda de empleo, así como para colectivos de especial vulnerabilidad.

Línea 2 prevista en el punto 1 del artículo 8, de oferta modular de acciones formativas destinadas al cuidado de personas y de la Línea 3 de oferta modular de acciones formativas dirigidas a personas residentes en municipios con menos de 20.000 habitantes, las entidades de formación, cuando se hallen
inscritas, a fecha de publicación de la convocatoria, en el Registro de Centros Colaboradores en materia de Formación e Inserción Profesional de la Comunidad Autónoma de Aragón o, en su caso, en el Registro Estatal de Entidades de Formación. En este último caso, en el momento de iniciar la formación, las entidades deberán disponer de instalaciones en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón que reúnan las condiciones adecuadas para poder impartir las especialidades formativas solicitadas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Línea 1: Oferta modular de acciones formativas de sectores estratégicos desarrollada por empresas, agrupaciones empresariales y entidades sin ánimo de lucro.

- Línea 2: Oferta modular de acciones formativas destinadas al cuidado de personas desarrolladas por entidades de formación. Se impartirán aquellas acciones formativas que tengan como fnalidad específca la capacitación de personas para ejercer una actividadlaboral orientada preferentemente, y sin exclusividad.

- Línea 3: Oferta modular de acciones formativas dirigidas a personas residentes en municipios con menos de 20.000 habitantes (de acuerdo con los últimos datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística, según padrón de enero de 2022), que se desarrollen en zonas de riesgo de despoblación o de reto demográfco y den respuesta a las necesidades del mercado de trabajo, desarrolladas por entidades de formación.

Los proyectos de formación por los que se solicite subvención, en cualquiera de las tres líneas, deberán estar compuestos por acciones formativas que se orienten a alguno de los siguientes sectores y ámbitos estratégicos, recogidos en el Plan de Modernización de la Formación Profesional.

Al menos el 40% de las acciones formativas de la totalidad de las líneas irán destinadas al desarrollo de capacidades y empleos verdes, de acuerdo con la etiqueta 01 “Contribución a las competencias y empleos verdes”.

Las acciones formativas podrán incluir acciones de acompañamiento para la acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral o vías no formales de formación, a desarrollar con objeto de impulsar la acreditación de las personas que participan en las acciones formativas.

Requisitos:

a) No haber sido sancionada mediante resolución administrativa frme, ni por sentencia judicial frme por acciones consideradas discriminatorias por razón de género, de acuerdo con el artículo 26.3 de la Ley 7/2018, de 28 de junio, de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en Aragón.

b) No haber sido sancionada mediante resolución administrativa frme por atentar, alentar o tolerar prácticas en contra de los derechos de las personas LGTBI, conforme a lo establecido en el artículo 39.3 de la Ley 18/2018, de 20 de diciembre, de igualdad y protección integral contra la discriminación por razón de orientación sexual, expresión e identidad de género en la Comunidad Autónoma de Aragón.

c) No haber sido sancionada mediante resolución administrativa frme por realización de acciones u omisiones contrarias a la memoria democrática de Aragón, en los términos establecidos en el artículo 33 de la Ley 14/2018, de 8 de noviembre, de memoria democrática de Aragón.

d) No haber sido sancionada mediante resolución administrativa frme con las sanciones accesorias de exclusión del acceso de ayudas y benefcios derivados de la aplicación de los programas de empleo previstas en los artículos 46 y 46.bis del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

e) No haber obtenido aval alguno del Gobierno de Aragón para cualquier operación, ni aún para fines distintos de la subvención solicitada, al objeto de dar cumplimiento a lo previsto en el apartado 5 de la disposición adicional segunda de la Ley 8/2022, de 29 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2023.

f) Cumplir con las obligaciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

El cumplimiento de los requisitos establecidos en el apartado quinto de este artículo se acreditará mediante declaración responsable del solicitante.

Las empresas o entidades que resulten beneficiarias, deberán cumplir con los requisitos que figuran previstos en la normativa general en materia de subvenciones, en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 04/04/2023
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 65
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 04/04/2023
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 65
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento