Subvenciones publicas para la ejecucion de planes de formacion, de ambito territorial exclusivo de Ceuta y de Melilla, dirigidos prioritariamente a las personas ocupadas.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S17737/11

Norma:

Resolución de 21 de marzo de 2011. Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo. Resolución de 1 de julio de 2011. Resolución de 1 de diciembre de 2011. Resolución de 11 de octubre de 2012. Resolución de 17 de julio de 2013. Resolución de 8 de mayo de 2014. Resolución de 30 de septiembre de 2014. Resolución de 1 de octubre de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/11/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La aprobación de una convocatoria de subvenciones para la financiación de planes de formación, de ámbito territorial exclusivo de las Ciudades Autónomas de Ceuta y de Melilla, dirigidos prioritariamente a las personas ocupadas.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Empleo y Seguridad Social ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las entidades solicitantes no podrán solicitar, para este tipo de planes, una ayuda superior a 80.000 euros. No se admitirán a trámite las solicitudes que superen este límite.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

1. Para la ejecución de planes de formación intersectoriales previstos en el artículo 5.a), las organizaciones empresariales y sindicales más representativas de los ámbitos territoriales de Ceuta o de Melilla que tengan carácter intersectorial.

2. Para la ejecución de planes de formación intersectoriales dirigidos específicamente a personas trabajadoras y socios de la economía social, siempre que aporten actividad económica, las confederaciones, federaciones y organizaciones representativas de la economía social, de carácter intersectorial y con suficiente implantación en el ámbito territorial de Ceuta o de Melilla.

3. Para la ejecución de planes de formación intersectoriales dirigidos específicamente a trabajadores autónomos, podrán ser solicitantes:

a) Las asociaciones profesionales de trabajadores autónomos intersectoriales, a las que corresponderá el 68% del total de la financiación asignada a este fin.

b) Las organizaciones sindicales y empresariales más representativas en el ámbito de Ceuta o de Melilla, a las que les corresponderá el 32% del total de la financiación asignada a esta finalidad.

4. Para los planes de formación previstos en el artículo 5.d), los centros y entidades de formación, públicos o privados, acreditados e inscritos en el Registro Estatal de Centros y Entidades de Formación del Servicio Público de Empleo Estatal, de acuerdo con lo siguiente:

a) Centros y entidades de formación con implantación en Ceuta o Melilla, con acreditación en el mismo certificado o certificados de profesionalidad para los que presenten el plan de formación.

b) Las agrupaciones formadas por aquellos centros o entidades a que se refiere el apartado anterior acreditados en el certificado o certificados de profesionalidad para los que presenten el plan de formación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Planes de formación intersectoriales compuestos por acciones formativas dirigidas al aprendizaje de competencias transversales a varios sectores de actividad económica o de competencias específicas de un sector para el reciclaje y recualificación de personas trabajadoras de otros sectores, incluida la formación dirigida a la capacitación para la realización de funciones propias de la representación legal de los trabajadores.

b) Planes de formación intersectoriales dirigidos a personas trabajadoras y socios de la economía social, siempre que aporten actividad económica.

c) Planes de formación intersectoriales dirigidos a trabajadores autónomos.

d) Planes de formación compuestos por acciones formativas vinculadas a la obtención de certificados de profesionalidad, de acuerdo con los relacionados en el anexo I.

Requisitos:

Consultar según tipo de planes formativos.

Documentos asociados

Boletín: 18/03/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 67
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Boletín: 30/03/2011
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