Subvenciones públicas para la contratación de Agentes de Empleo y Desarrollo Local en el ámbito de Castilla-La Mancha y se abre plazo para la presentación de solicitudes para el año 2007.

Código de ayuda:

S02346/07

Norma:

Orden de 27-12-2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 05/02/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Conceder subvenciones a Corporaciones Locales o entidades dependientes o vinculadas a las mismas de la Comunidad de Castilla-La Mancha, para financiar parcialmente la contratación de Agentes de Empleo y Desarrollo Local.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Desarrollo Rural
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Trabajo y Empleo (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El Servicio Público de Empleo de Castilla-La Mancha abonará hasta el 80% de los costes laborales totales del Agente de Empleo y Desarrollo Local, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social por todos los conceptos con un máximo de 27.045,54 euros y un mínimo de 20.000 euros al año por cada contratación subvencionada. Este porcentaje máximo se reducirá proporcionalmente cuando la Corporación Local presentara un compromiso de financiación superior.

La subvención por cada Agente de Empleo y Desarrollo Local se concede por un período de un año, prorrogándose previa solicitud la misma por periodos anuales con un máximo de cuatro años. La subvención por cada una de las prórrogas será en cuantía igual a la subvención inicialmente otorgada, sin perjuicio de su actualización de acuerdo al incremento anual de las retribuciones de los empleados públicos fijados en las Leyes de Presupuesto o similares.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Corporaciones Locales de la Comunidad de Castilla-La Mancha o entidades dependientes o vinculadas a las mismas. A tal efecto se entiende por Corporación Local los Municipios, las Provincias, las Mancomunidades y demás Entidades Locales previstas en la Ley 3/1991, de 14 de marzo, de Entidades locales de Castilla-La Mancha.

Requisitos:

- No podrán participar en este programa aquellos municipios que sean beneficiarios de subvenciones para la contratación temporal de personas cualificadas y desempleadas, para la ejecución de proyectos de interés general y social previstos en la Orden de 17 de junio de 2006.
- No podrán ser entidades beneficiarias aquellas que se encuentren incursas en algunas de las circunstancias establecidas en el art. 13.2 y 13.3 de la Ley General de Subvenciones.
- Para poder participar en este programa será necesario que el Agente contratado cumpla con los requistitos previstos en la Base 5ª de la Orden de convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 05/01/2007
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 5
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento