Subvenciones públicas para la contratación de Agentes de Empleo y Desarrollo Local, en el ámbito de Castilla-La Mancha - Convocatoria 2009.

Código de ayuda:

S59564/09

Norma:

Orden de 26/08/2009. Resolucion de 27/08/2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/09/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las Bases Reguladoras de la concesión de subvenciones públicas a las Corporaciones Locales de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y a las entidades dependientes o vinculadas a las mismas, para el apoyo a la puesta en marcha de proyectos de desarrollo local a través de la nanciación de la contratación de Agentes de Empleo y Desarrollo Local, en desarrollo de lo previsto en el Título II de la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 15 de julio de 1999, por la que se establecen las bases de concesión de subvenciones públicas para el fomento del desarrollo local e impulso de los proyectos y empresas calicadas de I+E.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Trabajo y Empleo (Castilla-La Mancha)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneciarias de estas subvenciones las Corporaciones Locales de Castilla-La Mancha o las entidades dependientes o vinculadas a las mismas. A tal efecto, se entiende por Corporación Local los municipios, las provincias, las Mancomunidades y demás entidades locales previstas en la Ley 3/1991, de 14 de marzo, de Entidades Locales de Castilla-La Mancha.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables los proyectos presentados por las Corporaciones Locales o entidades dependientes o vinculadas, que favorezcan la generación de empleo en el entorno local y resulten seleccionados, conforme a los criterios previstos en esta Orden. Se considerará que el proyecto favorece la generación de empleo cuando, además de cumplir los requisitos generales expresados, obtenga una valoración mínima de calidad, una vez informado por la Mesa Técnica de Empleo, órgano de evaluación en los términos previstos en la Ley General de Subvenciones, teniendo en cuenta los criterios de valoración señalados en la Base Cuarta de la Orden.

Requisitos:

1. A las entidades beneficiarias:

a) Pertenecer a la Administración local de Castilla-La Mancha, bien como Corporaciones Locales, bien como entidades dependientes o vinculadas a las mismas. A tal efecto, se entiende por Corporación Local los municipios, las provincias, las mancomunidades y demás entidades locales previstas en la Ley 3/1991, de 14 de marzo, de Entidades Locales de Castilla-La Mancha.

b) No encontrarse incursas en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

2. A las personas a contratar como Agentes de Empleo y Desarrollo Local:

a) Estar desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en alguna Oficina de Empleo del sepecam, tanto en el momento de la expiración del plazo para la presentación de solicitudes para participar en el proceso selectivo, como en el momento de la contratación. Este requisito no se aplicará en las prórrogas.

b) Estar en posesión de titulación universitaria de primer o segundo ciclo en el momento de expiración del plazo para la presentación de solicitudes para participar en el proceso selectivo.

Documentos asociados

Boletín: 01/09/2009
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 170
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 03/09/2009
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 172
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento