Subvenciones públicas para el período 2009–2010 al objeto de realización de prácticas formativas en oficinas del Instituto de Turismo de España (Turespaña) y para perfeccionamiento lingüístico, cofinanciadaspor el Fondo Social Europeo en el marco del Programa Operativo de las Illes Balears 2007–2013.

Código de ayuda:

S43628/09

Norma:

Resolución de 12 de mayo de 2009. Orden de 4 de mayo de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 24/06/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria de subvenciones para el período 2009–2010 consistente en becas para la realización de prácticas formativas en las oficinas del Instituto de Turismo de España (Turespaña). En especial, se dispone de una plaza en cada una de las oficinas
ubicadas en las siguientes ciudades: Frankfurt (Alemania), Bruselas (Bélgica), Copenhague (Dinamarca), Helsinki (Finlandia), París (Francia), Milán y Roma (Italia), Oslo (Noruega), La Haya (Países Bajos), Londres (Reino Unido), Estocolmo (Suecia), Viena (Austria), Lisboa (Portugal) y Dublín (Irlanda).

Esta convocatoria se aprueba al amparo del Convenio de colaboración firmado entre Turespaña y la Consejería de Trabajo y Formación para la adscripción a las oficinas de Turespaña de personas que realizarán prácticas en ellas.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Educación y Ciencia
  • Empleo
  • Formación
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Trabajo y Formación (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La dotación económica de cada beca será de 1.000 euros/mes, íntegramente a cargo de la Consejería de Trabajo y Formación, además de los seguros correspondientes que también serán a cargo de la Consejería de Trabajo y Formación.

De conformidad con la Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 27 de marzo de 2009 por la que se autoriza el pago anticipado y se exime al beneficiario de la presentación de garantía de las subvenciones para realizar prácticas formativas en el ámbito de esta convocatoria, de acuerdo con los apartados 2.b) y 3.b) del artículo 25 del Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de desarrollo de determinados aspectos de la Ley de Finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma, en relación con los apartados 1.b) y 2 del artículo 37 del Texto Refundido de la Ley de Subvenciones, el pago de las becas se hará de la siguiente manera:

a) Un primer pago mediante una transferencia bancaria inicial por el importe equivalente a los 6 meses de formación en prácticas.
b) Un segundo pago anticipado a los 6 meses de haber iniciado la práctica formativa, mediante transferencia bancaria, correspondiente a los meses que resten de la beca concedida.

Se eximirá a la persona beneficiaria de presentar garantía.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Para optar a las becas objeto de esta convocatoria, las personas interesadas deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Ser mayor de 18 años.
b) Tener dominio oral y escrito de la lengua del país de destino, o al menos de la lengua francesa para prácticas en Bélgica o de la lengua inglesa para prácticas en los Países Bajos, Dinamarca, Finlandia, Noruega o Suecia. Para la plaza de Lisboa, es suficiente la lengua española.
c) Ser residente habitual en las Illes Balears. Este requisito se acreditará con la presentación de una certificación en la que conste que la persona interesada hace como mínimo un año que está empadronada en alguno de los municipios de las Illes Balears.
d) Ser licenciada o licenciado en cualquier carrera y haber obtenido el título el año de la convocatoria o el inmediatamente anterior a la fecha de su publicación.
Excepcionalmente, podrán presentar su solicitud las personas en posesión de la diplomatura en turismo, cuando cumplan los requisitos anteriores.
e) Estar inscrita o inscrito en el SOIB como persona desempleada o para mejora de empleo.

No se podrán beneficiar de estas becas:

a) El personal funcionario, de carrera, eventual o interino, y el personal laboral de la Administración mientras permanezcan en servicio activo.
b) El personal laboral de empresas públicas, fundaciones o consorcios públicos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las prácticas formativas de las personas seleccionadas tendrán por objeto fomentar la investigación y el desarrollo en lo concerniente a las acciones de promoción que se lleven a cabo en el marco del Plan de Objetivos para la Promoción Exterior del Turismo el 2009, en especial las establecidas a iniciativa de las Illes Balears, todo ello en los mercados emisores de Alemania, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Italia, Irlanda, Noruega, Países Bajos, Portugal, Reino Unido, Suecia y Austria.

La realización de las prácticas formativas objeto de esta convocatoria no implica, en ningún caso, una relación laboral con Turespaña ni con el Gobierno de las Illes Balears.

La duración de esta práctica formativa será de un mínimo de nueve meses y de un máximo de doce.

Las personas beneficiarias de las prácticas formativas tendrán como funciones colaborar en la realización de las actividades generales de apoyo en la comercialización y especialmente de las que, dentro el Plan de Objetivos para la Promoción Exterior del Turismo del año en curso, hayan sido propuestas a iniciativa de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y también hacer estudios y análisis sobre el comportamiento y los agentes del mercado turístico.
Asimismo, deberán dedicar un porcentaje adecuado de su tiempo de trabajo a funciones generales normales de la oficina de Turespaña.

La adscripción de las personas beneficiarias a las oficinas de Turespaña implica:

a) La sumisión a las órdenes y a la supervisión de la directora o del director de la oficina de Turespaña o persona en quien delegue, con sujeción a las normas sobre funcionamiento de la oficina y, en concreto, sobre horarios y organización diaria del trabajo.
b) La utilización de los medios materiales habituales y disponibles en la oficina de Turespaña necesarios para la realización de las prácticas formativas, bajo la dependencia de la directora o del director de la oficina de Turespaña o de la persona en quien delegue.
c) Todas las comunicaciones de las personas que hacen las prácticas formativas con las autoridades turísticas y con las empresas y demás entidades públicas y privadas del sector turístico en el país en el que se halle la oficina de Turespaña deberán ser emitidas y firmadas por la directora o por el director de la oficina de Turespaña o responsable de la oficina en quien delegue. Si las comunicaciones se hacen en papel, será en el normalizado por la oficina de Turespaña.
d) Todos los estudios, informes y resto de documentos que genere la persona beneficiaria de la práctica formativa en la ejecución de su trabajo deberán quedar a disposición de las entidades signatarias del acuerdo, las cuales son titulares de los derechos de explotación y de otros relativos a la propiedad intelectual de los estudios e informes. La aceptación de la práctica formativa implica la aceptación por escrito de la cesión de estos derechos en favor de las entidades firmantes del acuerdo con carácter previo a su incorporación en la oficina de Turespaña en el exterior.

Turespaña coordinará con la Consejería de Trabajo y Formación la ejecución correcta de la práctica formativa y expedirá la certificación correspondiente que acredite que la persona beneficiaria ha llevado a cabo las prácticas formativas correctamente.

Requisitos:

Las prácticas en empresas subvencionadas con esta convocatoria deberán haber finalizado, como fecha límite, antes del mes de noviembre de 2010.

Documentos asociados

Boletín: 12/05/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 73
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 04/06/2009
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 80
Documento: Convocatoria período 2009–2010 Descargar Documento