Subvenciones publicas para 2010, con destino a la financiacion de planes de formacion para el empleo dirigidas prioritariamente a los trabajadores/as ocupados/as, con la cofinanciacion del Fondo Social Europeo - Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S41419/10

Norma:

ORDEN TAS/718/2008, de 7 de marzo. REAL DECRETO 395/2007, de 23 de marzo. Resolución de 23 de junio de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/07/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Financiación de planes de formación dirigidos prioritariamente a los trabajadores/as ocupados/as en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, de acuerdo con las bases reguladoras establecidas en la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo (Boletín Oficial del Estado n.º 67, de 18 de marzo de 2008) por la que se desarrolla el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, que regula el subsistema de formación profesional para el empleo, y de acuerdo con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de aplicación de la citada Ley.

Proporcionar a los trabajadores los conocimientos y prácticas adecuados a las competencias profesionales requeridas en el mercado de trabajo y a las necesidades de las empresas, favorecer la formación a lo largo de la vida de los trabajadores, mejorando su capacitación profesional y desarrollo personal y contribuir a la mejora de la productividad y competitividad de las empresas.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

— Para la ejecución de planes de formación intersectoriales, hasta un 90% del crédito disponible, del que se destinará el 50% a la financiación de planes presentados por organizaciones empresariales y el 50% restante a los presentados por Organizaciones Sindicales.

— Planes de formación intersectoriales dirigidos específicamente a los colectivos de trabajadores y socios de la economía social: Se destinará a su financiación un 4% del crédito convocado.

— Planes de formación intersectoriales dirigidos específicamente a trabajadores autónomos: Se destinará a su financiación un 6% del crédito convocado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Para la ejecución de planes de formación intersectoriales, las organizaciones empresariales y sindicales que gocen de carácter intersectorial y cumplan lo previsto en los artículos 24.3 del R.D. 395/2007 y 3.1 de la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, por la que se desarrolla el citado Real Decreto.

b) Para la ejecución de planes de formación intersectoriales específicamente dirigidos a los colectivos de trabajadores y socios de la economía social, siempre que aporten actividad económica, las confederaciones y federaciones de cooperativas y/o sociedades laborales y las organizaciones representativas de la economía social de carácter intersectorial, todas ellas con suficiente implantación en ámbito territorial del Principado de Asturias.

c) Para la ejecución de planes formativos intersectoriales dirigidos a trabajadores autónomos, las asociaciones de trabajadores autónomos con carácter intersectorial que tengan suficiente implantación en el ámbito territorial del Principado de Asturias, así como las organizaciones contempladas en el artículo 21.5 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajador Autónomo, con experiencia acreditada en la gestión y desarrollo de acciones formativas por sí mismas o a través de sus organizaciones asociadas y se hallen legalmente constituidas, con anterioridad a la fecha de la publicación de la presente convocatoria. En todo caso, tendrán prioridad las asociaciones representativas de autónomos que tengan mayor implantación en el ámbito territorial del Principado de Asturias.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se podrán suscribir convenios en el ámbito autonómico para la ejecución de los siguientes tipos de planes de formación:

a) Planes de formación intersectoriales, compuestos por acciones formativas dirigidas al aprendizaje de competencias transversales a varios sectores de la actividad económica o de competencias específicas de un sector para el reciclaje y recualificación de trabajadores de otros sectores, incluida la formación dirigida a la capacitación para la realización de funciones propias de la representación legal de los trabajadores.

b) Planes de formación intersectoriales dirigidos a los trabajadores y socios de la economía social, siempre que aporten actividad económica.

c) Planes de formación intersectoriales dirigidos a trabajadores autónomos.

Documentos asociados

Boletín: 11/04/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 87
Documento: REAL DECRETO 395/2007 Descargar Documento
Boletín: 18/03/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 67
Documento: Orden TAS/718/2008 Descargar Documento
Boletín: 28/06/2010
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 148
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento