Subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, por la participación en competicionesdeportivas aficionadas oficiales estatales o supra-autonómicas de los clubes deportivos de Cantabria.

Código de ayuda:

S21219/25

Norma:

Orden CTD/9/2025, de 7 de julio de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 24 de julio de 2025.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 60.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones que conceda, en régimen de concurrencia competitiva, la Consejería competente en materia de Deporte, con cargo a los créditos de sus presupuestos, para los clubes deportivos cántabros por participar en ligas y competiciones deportivas aficionadas oficiales de ámbito estatal o supra-autonómica que no sean open en el año que se establezca en la correspondiente convocatoria al objeto de subvencionar los costes asumidos por estos.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Cultura, Turismo y Deportes (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los criterios para la determinación de la cuantía individualizada de las subvenciones serán los siguientes:

a) La cuantía de las subvenciones no podrá superar la cantidad de 60.000 euros.

b) La cuantía de las subvenciones será proporcional a la puntuación obtenida por los beneficiarios.

c) La cuantía de las subvenciones estará limitada por la cantidad solicitada por los beneficiarios.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Entidades deportivas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los clubes deportivos que cuenten con equipos senior que participen en ligas y competiciones aficionadas oficiales de ámbito estatal o supra-autonómico que no sean open y que estén debidamente inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de Cantabria e integrados en su correspondiente federación, a la fecha de la solicitud, y que mantengan dicha condición a la fecha en que se dicte la resolución, en los términos establecidos en el artículo 9.2 de la presente Orden.

Documentos asociados

Boletín: 10/07/2025
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 132
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento