Subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la adquisición de instrumentos musicales.

Código de ayuda:

S26264/23

Norma:

ORDEN 12/2023, de 24 de mayo.

Plazo de Solicitud:

A determinar en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente orden establece las bases reguladoras de las subvenciones que conceda el IVC, en régimen de concurrencia competitiva, con cargo a los créditos de su presupuesto, que tengan por objeto la adquisición de instrumentos musicales con el fin último de mejorar la dotación de las asociaciones musicales de la Comunitat Valenciana, enriqueciéndose así la oferta musical y la formación de calidad de los músicos valencianos.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Conselleria de Educacion, Cultura y Deporte (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Con carácter general, podrán ser beneficiarias de estas ayudas las asociaciones sin ánimo de lucro y fundaciones, debidamente inscritas en el registro correspondiente, dedicadas a la promoción, difusión y práctica de la música, que se encuentren en la situación que fundamenta la concesión de la subvención y que cumplan los requisitos establecidos en la LGS, así como en el RLGS y en la LHIS.

Así, podrán ser beneficiarias las asociaciones musicales de la Comunitat Valenciana mencionadas en el párrafo anterior que ejerzan su actividad de manera profesional y que hayan adquirido o pretendan adquirir instrumentos musicales durante el período de cada convocatoria, siempre que cumplan los requisitos.

Requisitos:

a) Que en el momento de la finalización del plazo de presentación de solicitudes figuren inscritas en el registro que legalmente corresponda como asociaciones o fundaciones sin ánimo de lucro, cuya finalidad sea la divulgación y promoción cultural de la música.

b) Que su domicilio social esté radicado en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.

c) Que formen parte, como entidad asociada, de la Federación de Sociedades Musicales de la Comunitat Valenciana o bien que demuestren la existencia y la actividad de una agrupación musical ligada a la asociación solicitante al menos durante los cinco años anteriores a la fecha de solicitud de la convocatoria de ayudas.

Documentos asociados

Boletín: 29/05/2023
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9605
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento