Subvenciones publicas en materia de formacion de oferta, destinadas a la realizacion de planes formativos dirigidos prioritariamente a trabajadores ocupados en el sector de la construccion, en el ambito de la Comunidad Autonoma de Extremadura.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S35100/11

Norma:

ORDEN de 1 de junio de 2011. Decreto 158/2008, de 25 de julio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 11/07/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria para la concesión de subvenciones públicas en materia de formación de oferta correspondientes al ejercicio 2011 destinadas a la realización de planes formativos del sector de la construcción dirigidos prioritariamente a trabajadores ocupados, de acuerdo con lo previsto en los artículos 4.1.a) y Sección 2.ª del Capítulo II del Decreto 158/2008, de 25 de julio, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, en materia de formación de oferta, y las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 148, de 31 de julio de 2008).

Categorías Subvención

  • Formación
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Igualdad y Empleo (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar módulos económicos.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

- Las organizaciones empresariales y sindicales más representativas o representativas del sector de la construcción en la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como los entes paritarios creados o amparados en el marco de la negociación colectiva sectorial estatal.

- Además de los beneficiarios señalados en el apartado anterior, los miembros asociados del beneficiario que se comprometan a ejecutar la totalidad o parte de la actividad que fundamenta la concesión de la subvención en nombre y por cuenta del mismo, podrán tener igualmente la consideración de beneficiarios.

- Podrán tener asimismo la condición de beneficiarios las agrupaciones formadas por las organizaciones o entidades previstas en el apartado 1 de este artículo y las formadas por éstas y por entidades vinculadas a las mismas que tengan entre sus fines el desarrollo de actividades formativas. Deberá nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los planes formativos del sector de la construcción dirigidos prioritariamente a trabajadores ocupados.

Requisitos:

No podrán obtener la condición de beneficiarios de las subvenciones reguladas en esta convocatoria las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias contempladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 31/07/2008
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 148
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 20/06/2011
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 117
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento