Subvenciones públicas en el marco del sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral dirigidas prioritariamente a las personas trabajadoras desempleadas.

Código de ayuda:

S13264/25

Norma:

Resolución 13 de mayo de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 10 de junio de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente resolución tiene por objeto la aprobación de la convocatoria para el año 2025 de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de acciones de formación de oferta, impartidas exclusivamente en modalidad presencial, para al menos 15 alumnos y alumnas en cada acción formativa, salvo que la correspondiente guía didáctica establezca una cantidad inferior, dirigidas prioritariamente a las personas trabajadoras desempleadas y no dirigida a la obtención de certificados de profesionalidad, de acuerdo con las bases reguladoras establecidas en la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 394/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, en relación con la oferta formativa de las administraciones competentes y su
financiación, y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas
destinadas a su financiación, para responder con eficacia al derecho a la formación y a las necesidades de adquisición, mejora y actualización permanente de las competencias profesionales de las personas trabajadoras, así como a la mejora de la competitividad de las empresas.

Categorías Subvención

  • Formación

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Trabajo y Economía Social ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las acciones previstas en esta convocatoria se financiarán con cargo al crédito presupuestario 19. PR.52.241B.483.05 del presupuesto de gastos del Servicio Público de Empleo Estatal para el ejercicio 2025, por un importe total máximo estimado de hasta un millón quinientos treinta mil trescientos ochenta y nueve
euros (1.530.389€).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones, en los términos establecidos en el artículo 6 de la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, las Entidades de Formación públicas o privadas, contempladas en el artículo 14.2 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre que, en la fecha de presentación de su solicitud, estén inscritas en el correspondiente Registro de Entidades de Formación.

Documentos asociados

Boletín: 18/03/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 67
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 20/05/2025
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 121
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 20/05/2025
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 121
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento