Subvenciones públicas dirigidas al fomento de actividades preventivas que no pueda realizar directamente el empresario ni el «trabajador designado». Programa V.

Código de ayuda:

S22219/19

Norma:

ORDEN EMP/1116/2016, de 29 de diciembre. ORDEN EMP/151/2019, de 14 de febrero. Orden de 5 de abril de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 16 de mayo de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La financiación de determinadas actividades preventivas cuya realización no pueda asumir directamente el empresario ni tampoco a través de la figura de trabajador designado.

Categorías Subvención

  • Prevención Riesgos Laborales

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe total de la convocatoria asciende a 5.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas, físicas o jurídicas, privadas con ánimo de lucro, agrupaciones de ambas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aunque carezcan de personalidad jurídica, lleven a cabo las acciones objeto de la subvención.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Programa V: Fomento de la realización de actividades preventivas, cuya realización no pueda ser asumida directamente por el empresario ni tampoco a través de la figura del trabajador designado.

Serán subvencionables las acciones que se relacionan a continuación, a realizar por un servicio de prevención ajeno, que hubieran sido contratadas por empresas en las cuales la organización preventiva haya sido asumida por el empresario o a través de la figura del «trabajador designado» y esté recogida en la planificación de la actividad preventiva de la empresa.

En concreto se subvencionarán las siguientes medidas:

– Estudios higiénicos sobre contaminantes físicos (ruido y vibraciones), químicos y/o biológicos.

– Estudios ergonómicos que necesiten la aplicación de una metodología determinada.

– Formación específica de los trabajadores señalada en la evaluación de riesgos laborales.

Documentos asociados

Boletín: 11/01/2017
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 6
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 26/02/2019
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 39
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
Boletín: 11/04/2019
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