Subvenciones públicas dirigidas a la implantación de un sistema de gestión de prevención de riesgos laborales en la empresa.

Código de ayuda:

S64264/21

Norma:

ORDEN EEI/1504/2021, de 2 de diciembre. Orden de 30 de diciembre de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 4 de marzo de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Mejorar de la gestión de la prevención de riesgos laborales en la empresa.

Categorías Subvención

  • Calidad
  • Prevención Riesgos Laborales

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Empleo e Industria (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe total de la convocatoria asciende a 50.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas, físicas o jurídicas, privadas con ánimo de lucro, agrupaciones de ambas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aunque carezcan de personalidad jurídica, lleven a cabo las acciones objeto de la subvención.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La implantación y certificación inicial, dentro del período subvencionable, de un sistema de gestión de seguridad y salud laboral, según estándar ISO 45001, por parte de entidad acreditada por la Entidad Nacional de Acreditación u organismo equivalente de la Unión Europea.

La certificación inicial del sistema de gestión de seguridad y salud laboral, según estándar ISO 45001, por parte de entidad acreditada por la Entidad Nacional de Acreditación u organismo equivalente de la Unión Europea, para la certificación de dichos sistemas de gestión.

Las posteriores renovaciones de certificaciones del sistema de gestión de seguridad y salud laboral, según estándar ISO 45001, por parte de entidad acreditada por la Entidad Nacional de Acreditación u organismo equivalente de la Unión Europea, para la certificación de dichos sistemas de gestión.

Los gastos subvencionables serán:

Los gastos derivados de la contratación de empresas de consultoría y asistencia técnica para la Implantación del sistema de gestión.

Los gastos derivados de la contratación de la entidad acreditada por la Entidad Nacional de Acreditación u organismo equivalente de la Unión Europea, para la Certificación de sistemas de gestión de la seguridad y salud laboral, según estándar ISO 45001.

Requisitos:

a) Deberán contar con centro de trabajo y realizar la actividad subvencionada en Castilla y León.

b) No deberán haber sido sancionados con carácter firme por infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de efectos de la orden de convocatoria.

c) Deberán acreditar el cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social previamente a la propuesta de resolución y antes de producirse la propuesta de pago. De conformidad con el artículo 6 f) del Decreto 27/2008, de 3 de abril por el que se regula la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en materia de subvenciones, bastará
con la presentación de una declaración responsable.

d) No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas o entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

e) Será requisito inexcusable para la obtención de la subvención, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 75/2008, de 30 de octubre, la acreditación del cumplimiento de la normativa sobre gestión laboral de personas con discapacidad, o de la no sujeción a la misma, o, en su caso, de la exención de dicha obligación, en los términos previstos en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo, con carácter excepcional, de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad.

f) Que tengan trabajadores por cuenta ajena, debiendo ser el número de trabajadores en todo el territorio nacional inferior a 50 (se tomará como referencia el mes natural inmediatamente anterior a la fecha publicación de la convocatoria).

Si cuentan con más de un centro de trabajo, esta cifra habrá de entenderse referida a la suma de trabajadores existentes en todos los centros de trabajo.

g) Que no supere el límite de 10 millones de volumen de negocios, o de balance general anual.

h) Las condiciones para ser beneficiarios de estas subvenciones deberán mantenerse desde el momento de la presentación de la solicitud, hasta la concesión, en el momento del pago y en general, a lo largo del proceso de tramitación de la ayuda, hasta su liquidación.

Documentos asociados

Boletín: 10/12/2021
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 237
Documento: Bases Reguladoras 2021 Descargar Documento
Boletín: 05/01/2022
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 03
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
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