Subvenciones públicas dirigidas a la formación en materia de prevención de riesgos laborales y al desarrollo de medidas que tengan por objeto la seguridad y salud laboral. - Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S75346/09

Norma:

ORDEN EYE/2286/2009, de 9 de diciembre. ORDEN EYE/2365/2009, de 23 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

El plazo sera de 30 días naturales siguientes a la finalización de la acción formativa sin sobrepasar el día 30/09/2010.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar la formación en materia de prevención de riesgos laborales y el desarrollo de medidas que tengan por objeto la seguridad y salud laboral, con arreglo a los siguientes Programas:

• Programa I, que comprende acciones formativas en materia de prevención de riesgos laborales (cursos).

• Programa II, que comprende acciones de desarrollo de medidas que tengan por objeto la seguridad y salud laboral.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Prevención Riesgos Laborales
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar la base quinta del artículo 2 de las presentes bases.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Consultar artículo 2 de las presentes bases.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Consultar artículo 3 de las presentes bases.

Requisitos:

– Los alumnos deberán estar empadronados necesariamente en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León y deberán poseer la titulación correspondiente y demás requisitos al
inicio de la acción formativa.

– En cada acción formativa únicamente se admitirán alumnos que no hayan realizado esa misma acción (u otra de nivel superior) con anterioridad. A tal efecto, el alumno deberá cumplimentar una declaración jurada que figurará en la convocatoria correspondiente.

Documentos asociados

Boletín: 18/12/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 242
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 31/12/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 251
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento