Subvenciones publicas destinadas a proyectos de atencion y ayudas sociales a mujeres victimas de trata de seres humanos con fines de explotacion sexual.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S31800/12

Norma:

Orden SSI/1839/2012, de 2 de agosto.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/09/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras y convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones públicas para el año 2012 para proyectos destinados a la atención, la ayuda social y la asistencia a mujeres víctimas de trata con fines de explotación sexual y sus hijos e hijas menores de edad, incluidas las víctimas de trata que se hayan acogido al período de reflexión previsto en el artículo 59 bis de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, reformada por la Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe individualizado de cada subvención concedida se establecerá atendiendo a la puntuación obtenida y con arreglo a criterios objetivos de ponderación establecidos por la Comisión de Evaluación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades de naturaleza jurídico privada sin ánimo de lucro y con implantación estatal o autonómica según sus estatutos que, en el momento de la publicación de la presente Orden, cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Detección de posibles víctimas, que implica la solicitud de financiación de dispositivos de acercamiento a las mismas, tales como unidades móviles o teléfonos de atención, entrega de material, con la finalidad de facilitar a las potenciales usuarias información sobre los recursos del proyecto y proponer el acompañamiento, derivación o asistencia.

b) Servicios de información y asesoramiento, atención psicosocial, asistencia sanitaria, apoyo jurídico y/o acompañamiento a otros recursos, cuando dichos servicios no formen parte de un itinerario integral.

c) Atención, protección y subsistencia de las usuarias, cuando conforman un
itinerario de atención integral, con independencia de la situación administrativa de las usuarias y de que se hayan acogido o no al periodo de restablecimiento y reflexión previsto en el artículo 59 bis de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

d) Inserción sociolaboral de las mujeres víctimas de trata con fines de explotación sexual, incluidas las actividades de formación.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en el correspondiente Registro Público.

b) Tener personalidad jurídica propia, capacidad de obrar y no encontrarse dentro de los supuestos regulados por los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, lo que deberá acreditarse conforme a lo establecido en el apartado 7 del artículo citado.

c) Carecer de fines de lucro y tener, entre los fines y objetivos recogidos en sus estatutos, la protección, atención o la asistencia laboral, formativa, informativa, médica, jurídica o psicológica a personas prostituidas, víctimas de trata con fines de explotación sexual o personas en contextos de prostitución o que las entidades u organizaciones solicitantes acrediten fehacientemente, por cualquier medio admitido en derecho, experiencia en el desarrollo y puesta en práctica de proyectos de atención a estos colectivos.

d) Contar con los medios materiales y los recursos humanos necesarios para llevar a cabo el proyecto, incluidos los medios técnicos necesarios para la presentación del proyecto por vía electrónica, lo que se deberá acreditar por cualquier medio admitido en derecho. Igualmente, cuando se contemple la participación en el proyecto de personas que desempeñen labores de voluntariado, deberá haberse suscrito la correspondiente póliza de responsabilidad civil.

e) Haber justificado, en su caso, suficientemente las subvenciones y ayudas
económicas recibidas con anterioridad de la Secretaría de Estado de servicios Sociales e Igualdad y sus organismos públicos adscritos.

f) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, con vigencia en el día de presentación de la documentación.

Documentos asociados

Boletín: 20/08/2012
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 199
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento