Subvenciones publicas destinadas a la realizacion de planes de formacion, dirigidos prioritariamente a los trabajadores ocupados mediante contratos programa en el ambito de la Comunidad Autonoma de la Rioja.

Código de ayuda:

S73555/07

Norma:

Resolucion 68 de 29 de noviembre de 2007.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/12/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la presente Resolución es la aprobación de la convocatoria de subvenciones para la financiación de planes de formación mediante la suscripción de contratos programa, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Rioja, de acuerdo con las bases reguladoras contenidas en la Orden TAS 2783/2004, de 30 de julio de 2004 (B.O.E. nº 197 de 16 de agosto de 2004), modificada por las Ordenes TAS/2094/2006 de 17 de junio y TAS/2562/2005 de 28 de julio de 2005.

Los planes de formación, objeto de financiación en esta convocatoria mediante la suscripción de contratos programa, tendrán como finalidad tanto la mejora de las competencias y las cualificaciones como la actualización y la especialización profesional de los trabajadores, cualquiera que sea la rama de actividad en que el trabajador presta sus servicios.

Los planes de formación incorporados a los contratos programa, se podrán ejecutar entre la fecha de aprobación de la subvención mediante la Resolución definitiva y el 30 de noviembre de 2008.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Hacienda y Empleo (La Rioja)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los contratos programa suscritos al amparo de esta convocatoria se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 16.01.3221.480.12 del Presupuesto de Gastos del Servicio Riojano de Empleo para el año 2007, por importe máximo de 2.555.538 euros.

Con cargo a la referida aplicación presupuestaria se establecen las siguientes previsiones de crédito por tipología de contratos Programa:

1. Planes de formación intersectorial 1.779.830 euros.
2. Planes de formación sectoriales 533.652 euros.
3. Planes formativos dirigidos a trabajadores, socios trabajadores y de trabajo de dos o más cooperativas y7o sociedades laborales y otras empresas y entidades de la economía social 121.028 euros.
4. Planes formativos para trabajadores autónomos 121.028 euros.

Si existiese presupuesto disponible en cualquiera de las previsiones efectuadas, se podrá aplicar a cualquiera de las otras modalidades, sin que en ningún caso se supere la disponibilidad presupuestaria total.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar la suscripción de los distintos tipos de contratos programas señalados en el apartado cuarto de la presente convocatoria, las siguientes entidades:

a) Los contratos programa para la ejecución de planes de formación intersectoriales, las organizaciones empresariales y sindicales más representativas.

b) Los contratos programa para la ejecución de planes de formación sectorial, las organizaciones empresariales y sindicales con representación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja en el sector de actividad que se solicita.

Este requisito se acreditará mediante la presentación del convenio colectivo de trabajo suscrito en nuestra comunidad para la actividad que se solicita.
Las organizaciones empresariales y sindicales de La Rioja actuarán como solicitantes de los planes de formación de sus entidades vinculadas o asociadas de carácter sectorial.
Los contratos programa para la ejecución de planes de formación que incorporen a trabajadores y socios trabajadores y de trabajo de dos o más cooperativas, sociedades laborales y otras empresas y entidades de la economía social, las confederaciones y federaciones de cooperativas y/o sociedades laborales con
notable implantación en el ámbito regional.
La acreditación de este requisito se realizará mediante certificado expedido, en el caso de entidades asociativas de cooperativas, por el Registro de Cooperativas de La Rioja, para las sociedades laborales, en el Registro de Sociedades Laborales y, en el caso de otro tipo de entidades asociativas, empresas y organizaciones empresariales y sindicales, por el Registro de Estatutos de Asociaciones Empresariales y Sindicales, dependientes de la Dirección General de Empleo y Relaciones Laborales de la Consejería de Hacienda y Empleo de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

d) Los contratos programa para la ejecución de planes de formación dirigidos a trabajadores autónomos, las asociaciones de trabajadores autónomos con carácter intersectorial que tengan suficiente implantación en el ámbito regional, con experiencia acreditada en la gestión y desarrollo de acciones formativas por sí
mismas o a través de sus organizaciones asociadas y se hallen legalmente constituidas con anterioridad a la fecha de publicación de la presente convocatoria.

Para la acreditación de este requisito la entidad deberá presentar declaración expresa del número de sus asociados en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
El Servicio Riojano de Empleo podrá recabar la información y documentación que estime necesaria para la acreditación de los requisitos citados en el presente artículo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

En la presente convocatoria se podrán suscribir contratos programa en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja para la ejecución de los siguientes planes de formación:

1. Contratos programa para la ejecución de planes de formación intersectoriales, dirigidos a la formación de trabajadores en competencias transversales y horizontales a todos los sectores de la actividad económica.

La selección de trabajadores a formar a través de estos planes se realizará priorizando los sectores que figuran en el Anexo II a esta Resolución de convocatoria.

2. Contratos programa para la ejecución de planes de formación sectoriales, dirigidos a la formación de trabajadores de los sectores productivos específicos con el fin de satisfacer y de anticipar sus demandas y necesidades en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
La selección de trabajadores a formar a través de estos planes se realizará priorizando los sectores que figuran en el Anexo II a esta Resolución de convocatoria.
La suscripción de estos contratos programa deberán respetar los criterios acordados en el marco de la negociación colectiva sectorial estatal, según lo previsto en el articulo 35.1.c) del Real decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo y atender al
apartado Segundo. Uno, letra b) de la Orden TAS/2783/2004 modificada por la Orden TAS/2562//2005 de 5 de agosto de 2005.

3. Contratos programa para la ejecución de planes de formación que incorporen a trabajadores y socios trabajadores y de trabajo de dos o más cooperativas, sociedades laborales y otras empresas y entidades de la economía social que, sin pertenecer a un mismo sector productivo, atiendan demandas formativas derivadas de la naturaleza jurídica de aquellas o de necesidades de carácter transversal.

4. Contratos programa para la ejecución de planes de formación dirigidos a trabajadores autónomos, con el fin de mejorar su capacitación en las competencias relacionadas con la actividad que desarrollen, bien de carácter sectorial o bien transversal u horizontal.
Asimismo se priorizarán los planes de formación dirigidos al sector comercio y a las actividades relacionadas con los servicios ofrecidos a personas dependientes, hasta alcanzar un porcentaje del 7% y 8% respectivamente del presupuesto.

Documentos asociados

Boletín: 01/12/2007
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 159
Documento: Convocatoria Descargar Documento