Subvenciones publicas destinadas a la realización de acciones de apoyo y de acompañamiento a la formación, de ámbito autonómico, correspondientes al ejercicio del año 2009, en aplicacion de la Orden TIN/2805/2008, de 26 de septiembre, por la que se desarrolla el Real decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo en materia de acciones de apoyo y acompañamiento a la formación y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación.

Código de ayuda:

S71237/09

Norma:

Orden de 13 de noviembre de 2009. Orden TIN/2805/2008, de 26 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 18/12/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobación de la convocatoria de subvenciones destinadas a la realización de acciones de apoyo y acompañamiento a la formación, de ámbito autonómico.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Trabajo y Bienestar (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El abono de la subvención se hará efectivo de la siguiente forma:

a) Hasta el 80 por 100 del total del presupuesto de gastos de cada acción subvencionada, en concepto de
anticipo, en el momento en el que la Dirección General de Formación y Colocación reciba comunicación
de la entidad beneficiaria en la que se notifique el inicio de la acción.

b) El importe restante, una vez finalizadas todas las acciones subvencionadas y justificados los gastos
realmente efectuados en cada una.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las empresas, entidades u organizaciones sin ánimo de lucro inscritas en la Seguridad Social, que incluyan
entre sus fines el desarrollo de actividades tipificadas como acciones financiables o relacionadas con la formación para el empleo y que, observando las bases y criterios establecidos, se ajusten a las modalidades de acciones financiables y requisitos que regula esta norma.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Acciones de prospección y análisis. Estas acciones estarán destinadas a profundizar en el conocimiento
de los factores que configuran las demandas de formación, de los problemas y necesidades específicas
de formación en los distintos sectores económicos o ámbitos territoriales y otras materias que afectan
de manera general a la formación profesional para el empleo, con el fin de anticiparse a los cambios en
las cualificaciones profesionales y adaptar los módulos formativos de acuerdo con el que se establezca en
la normativa reguladora de los certificados de profesionalidad. Asimismo, facilitarán a los agentes implicados la información necesaria para que la formación profesional proporcione a los/as trabajadores/as
desempleados/as y ocupados/as los conocimientos y prácticas adecuados a las competencias profesionales
requeridas en el mercado de trabajo. Igualmente, estas acciones tendrán entre sus fines conocer las
necesidades formativas de los/as trabajadores/as con mayor dificultad de inserción o de mantenimiento en
el mercado de trabajo, a los que se refiere el artículo 5.3º del Real decreto 395/2007, de 23 de marzo, y
de las pequeñas y medianas empresas.

b) Acciones para la elaboración y experimentación de productos, técnicas y/o herramientas de carácter
innovador de interés para la mejora de la formación profesional para el empleo. Estarán destinadas a facilitar a las empresas y los distintos agentes que participan en la gestión de la formación de los/as trabajadores/as desempleados/as y ocupados/as los instrumentos que les permitan mejorar su organización, planificación y desarrollo. Tendrán especial consideración aquellas acciones referidas la herramientas y metodologías de aprendizaje basadas en nuevas tecnologías de información y comunicación
que extiendan la formación a los trabajadores de pequeñas empresas.

c) Acciones de evaluación de la formación profesional para el empleo. Estas acciones estarán destinadas
a realizar procesos de evaluación de la formación de los diferentes sectores de actividad económica o
ámbitos territoriales y a desarrollar metodologías y herramientas de evaluación para que puedan ser aplicados por quien participa y gestiona la formación, con el fin de mejorar su calidad.

Documentos asociados

Boletín: 07/10/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 242
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 17/11/2009
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 225
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento