Subvenciones públicas destinadas a la realización de acciones complementarias y de acompañamiento a la Formación Continua.

Código de ayuda:

S42173/05

Norma:

ORDEN de 15 de julio de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/09/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria de subvenciones destinadas a la realización de acciones complementarias y de acompañamiento a la formación, para el ejercicio 2005, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de acuerdo con las bases reguladoras contenidas en la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales 2782/2004, de 30 de julio y con lo previsto en el Reglamento por el que se regulan los Procedimientos para la Concesión de Subvenciones y Ayudas Públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su Régimen Jurídico, aprobado por Decreto 254/2001, de 20 de noviembre.

Los proyectos objeto de financiación en esta convocatoria, tendrán como finalidad el desarrollo de acciones de investigación, de estudios de carácter multisectorial, de productos y herramientas innovadores relacionados con la formación continua y de acciones de evaluación de la misma.

Categorías Subvención

  • Formación

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo (Andalucía)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las empresas, entidades u organizaciones que se encuentren inscritas en el registro correspondiente y de alta en la Seguridad Social, que incluyan entre sus fines el desarrollo de actividades relacionadas con la formación continua, y tengan experiencia acreditada en el ejercicio de estudios, investigaciones o proyectos de naturaleza similar a los incluidos en esta Orden.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Acciones de estudio e investigación.
Estas acciones deberán dirigirse a analizar los factores que estructuran la demanda de formación continua en materias o temáticas de naturaleza transversal y multisectorial, con el fin de adaptarse a los cambios en las cualificaciones profesionales derivados del progreso técnico y de la organización del trabajo, así como profundizar en el conocimiento de los problemas y necesidades específicas de formación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

2. Acciones destinadas a la elaboración y experimentación de productos, técnicas o herramientas de carácter innovador para mejorar los sistemas pedagógicos u organizativos de la formación continua.

3. Acciones de evaluación de la formación continua.
Estas acciones irán destinadas a diseñar y elaborar metodologías y herramientas para realizar procesos de evaluación de la formación continua en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, desarrollando procedimientos y técnicas de evaluación que puedan ser aplicados por quienes gestionan la formación y participan en su desarrollo, a cualquier nivel, para mejorar su calidad.

Documentos asociados

Boletín: 16/08/2004
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 197
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 01/08/2005
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 148
Documento: Convocatoria 2005-06 y Anexos Descargar Documento