Subvenciones públicas, destinadas a la financiación del «Programa de Apoyo a mujeres en los ámbitos rural y urbano»

Código de ayuda:

S53046/21

Norma:

Orden TES/1121/2021, de 11 de octubre.

Plazo de Solicitud:

A determinar en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras de las subvenciones del «Programa de apoyo a mujeres en los ámbitos rural y urbano» de acuerdo con la dotación presupuestaria que se asigne a tal fin, incluida en el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado por el Consejo de Ministros el 27 de abril de 2021, y por la Decisión de Ejecución del Consejo relativa la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España (Council Implementing Decision – CID), de 13 de julio de 2021.

Será objeto de las subvenciones reguladas en la presente norma la atención personalizada a las mujeres de áreas rurales y urbanas participantes en itinerarios individualizados que combinen acciones de diferente naturaleza, tales como orientación laboral, asesoramiento, información, formación, adquisición de competencias y habilidades transversales, facilitación de la inserción laboral y acompañamiento en el
empleo, y tengan por objeto su capacitación e inserción laboral, en los ámbitos que se establecen en los artículos 3 y 4, fortaleciendo al tiempo la igualdad efectiva y la no discriminación en el acceso al empleo.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Empleo
  • Formación
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Trabajo y Economía Social ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

a) En el ámbito de gestión del Servicio Público de Empleo Estatal, para los fondos previstos en el artículo 5.3, las corporaciones locales y las entidades vinculadas o dependientes de las mismas, preferentemente con una población inferior a 5.000 habitantes. Asimismo, podrán ser beneficiarias las entidades locales supramunicipales, que atiendan preferente a mujeres residentes en municipios con una población inferior a 5.000 habitantes.

b) En el ámbito de gestión de las comunidades autónomas, para los fondos previstos en el artículo 5.4, serán beneficiarias las entidades que determinen las mismas dentro de los órganos de la administración de la comunidad autónoma y sus organismos autónomos, así como las demás entidades del sector público institucional y organismos públicos vinculados o dependientes de la administración de la respectiva
comunidad autónoma, y las corporaciones locales o entidades dependientes o vinculadas a una administración local de su ámbito territorial, así como entidades locales supramunicipales. Asimismo, las entidades jurídicas sin ánimo de lucro que acrediten experiencia en la realización de acciones dirigidas al acompañamiento de personas desempleadas ajustado a su perfil de empleabilidad en procesos de inserción
laboral por cuenta ajena o propia. En todo caso, se atenderá preferentemente a mujeres residentes en municipios de menos de 5.000 habitantes.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las subvenciones reguladas en esta norma tienen por objeto la financiación de los itinerarios individualizados indicados en el artículo 1, que desarrollen las mujeres participantes en el «Programa de apoyo a mujeres en los ámbitos rural y urbano» durante su período de ejecución plurianual entre los años 2021 a 2025, pudiéndose integrar por las siguientes actuaciones:

a) Diagnóstico de empleabilidad e itinerario personalizado de inserción, que previo acuerdo personal de empleo, identificará las actuaciones que las participantes desarrollarán a lo largo de su participación en el Programa y vertebrará la atención que se les preste, incluyendo su calendario de realización, su sistema de seguimiento y el resultado de su realización respecto de la evolución de su empleabilidad.

b) Acciones de orientación laboral y para facilitar la búsqueda de empleo de las participantes, incluyendo actuaciones de sensibilización y para el desarrollo de aspectos personales para la ocupación, y sobre el proceso, técnicas, recursos y herramientas de búsqueda activa de empleo, confección del currículum, taller de entrevista de trabajo, etc., así como información general sobre el mercado de trabajo, en materia de autoempleo, sobre tendencias, oportunidades profesionales y alternativas laborales vinculadas al territorio, prioritariamente, en los ámbitos indicados en el artículo 4, y sesiones
motivacionales y de asesoramiento sobre emprendimiento y economía social ligadas a estas zonas.

c) Acciones formativas de cualificación y recualificación profesional, que principalmente versarán sobre contenidos relacionados con los ámbitos y actividades profesionales señalados en el artículo 4, que permitan la adquisición de conocimientos técnicos y habilidades adecuadas y suficientes para desempeñar un trabajo, preferentemente, en tales ámbitos laborales, o el reciclaje y actualización de conocimientos, procedimientos, tecnologías o nuevas tendencias, prioritariamente, en los ámbitos indicados.

d) Talleres de competencias transversales (alfabetización digital, trabajo en equipo, gestión eficaz del tiempo, orientación al logro, entre otras) y de empoderamiento para la integración laboral y social de las participantes y el refuerzo de la igualdad en el acceso al empleo, atendiendo a las singulares características del colectivo destinatario del Programa.

e) Acompañamiento durante el desarrollo del itinerario personalizado realizado por las participantes con la finalidad de efectuar su impulso y seguimiento respecto de la mejora de su empleabilidad, así como acompañamiento al inicio de la incorporación laboral.

f) Incentivos a la participación de las mujeres en el Programa o por su incorporación laboral cuando derive del itinerario personalizado que haya realizado, por los conceptos, condiciones, cuantías o tramos que establezca la administración laboral competente en su respectivo ámbito de gestión.

g) Prospección del mercado laboral del territorio en el que se desarrolle el Programa, que permita la obtención de información actualizada sobre la situación económica y laboral del entorno, la identificación de las necesidades de personal de su tejido empresarial, perfiles laborales requeridos, captación de ofertas de empleo, así como la difusión del «Programa de apoyo a mujeres en los ámbitos rural y urbano» y la propuesta de la candidatura de las participantes para cubrir las vacantes detectadas en las empresas, todo ello con objeto de cumplir el objetivo de inserción laboral previsto en el artículo 4.

Documentos asociados

Boletín: 16/10/2021
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 248
Documento: Bases Reguladoras 2021 Descargar Documento