Subvenciones públicas, destinadas a la financiación del Programa Investigo, de contratación de personas jóvenes demandantes de empleo en la realización de iniciativas de investigación e innovación, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia.- Convocatoria 2023.

Código de ayuda:

S02082/23

Norma:

ORDEN de 26 de diciembre de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 2 de febrero de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y las condiciones por las que se regirá, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, la convocatoria pública en régimen de concurrencia no competitiva de las subvenciones del Programa Investigo, para el ejercicio 2023 (código de procedimiento TR349V).

Será objeto de las subvenciones reguladas en la presente norma la contratación de personas jóvenes, de 16 o más años y que no hayan cumplido los 30 años en el momento de comenzar la relación contractual, por los organismos de investigación y difusión de conocimientos, universidades públicas, centros tecnológicos, parques científicos y tecnológicos, entidades públicas sujetas a derecho privado, y entidades privadas sin ánimo de lucro, junto con empresas que estén invirtiendo en investigación e innovación pertenecientes al sector público o privado, en la realización de iniciativas de investigación e innovación recogidas en esta norma.

El ámbito de aplicación de esta orden se extiende a todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia. Las entidades públicas o privadas beneficiarias deberán tener su domicilio social y/o centro de trabajo en Galicia.

Esta orden regula y establece las bases para la concesión de subvenciones del Programa Investigo, que constituye una actuación incluida en la Inversión 1, Empleo Joven, comprendida en el componente 23 Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo del Plan nacional de recuperación, transformación y resiliencia, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, y por la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de
recuperación y resiliencia de España (Council Implementing Decision-CID), de 13 de julio de 2021.

Asimismo, es objeto de financiación mediante los recursos financieros derivados del Instrumento Europeo de Recuperación (NextGenerationEU). Serán, por consiguiente, de aplicación las disposiciones que resulten procedentes del Real decreto ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración pública y para la ejecución del Plan de recuperación, transformación y resiliencia o norma que lo sustituya. Asimismo, por eso, las subvenciones reguladas en esta orden están sujetas, en todo caso, al cumplimiento, ejecución y realización de los objetivos fijados
en el Plan de recuperación, transformación y resiliencia, y estarán sometidas a la plena aplicación de los mecanismos de gestión y control que se establezcan para el Mecanismo de recuperación y resiliencia de la UE y a la normativa de la Unión Europea aplicable a la gestión, seguimiento y control que se establezca para el Plan de reconstrucción, transformación y resiliencia, así como las específicas relativas a la información y publicidad, verificación y demás impuestas por la normativa de la Unión Europea, cuya aplicación será de obligado cumplimiento.

Categorías Subvención

  • Cooperación empresarial
  • Educación y Ciencia
  • Empleo
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Juventud
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Promoción del Empleo e Igualdad (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en esta orden, las siguientes entidades radicadas en Galicia que realicen o tengan como actividad principal la I+D+i:

– Universidades públicas y privadas.

– Centros, Institutos de investigación e instituciones de carácter sanitario públicos y privados.

– Centros públicos de investigación de la Comunidad Autónoma de Galicia, integrados en alguna consellería, así como otros centros y organismos públicos de investigación de Galicia.

– Empresas pertenecientes al sector público autonómico, así cómo empresas cualificadas como iniciativas de empleo de base tecnológica y otras empresas pertenecientes al sector privado.

– Centros Tecnológicos, Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica y otros centros privados de I+D+i.

Documentos asociados

Boletín: 02/01/2023
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 1
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2023 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 02/01/2023
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 1
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 09/01/2023
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 5
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento