Subvenciones públicas destinadas a la financiación de programas de formación para la adquisición y mejora de competencias profesionales relacionadas con los cambios tecnológicos y la transformación digital de la economía para trabajadores ocupados en la Comunidad de Castilla y León.

Código de ayuda:

S41137/20

Norma:

ORDEN EEI/734/2020, de 30 de julio. Resolución de 7 de septiembre de 2020. Resolución de 9 de diciembre de 2020. Resolución de 15 de julio de 2021. Resolución de 22 de noviembre de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 10 de agosto de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las subvenciones indicadas en el Artículo Único de esta orden, tienen por objeto regular la concesión de las subvenciones públicas destinadas a la financiación de programas de formación para la adquisición y mejora de competencias profesionales relacionadas con los cambios tecnológicos y la trasformación digital de la economía para trabajadores ocupados, en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León.

Categorías Subvención

  • Formación
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Empleo e Industria (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones, en los términos establecidos en la presente orden las entidades de formación o agrupaciones formadas por las mismas, que en la fecha de publicación del extracto de la convocatoria estén inscritas, y en su caso acreditadas, en el correspondiente Registro de Entidades de Formación, para impartir en modalidad presencial o teleformación aquellas especialidades del Catálogo de Especialidades Formativas previsto en el artículo 20.3 de la Ley 30/2015, de septiembre,
para las que soliciten subvención, según lo dispuesto en el artículo 15 de la citada ley y para las cuales dicha convocatoria prevea crédito adecuado y suficiente, debiendo disponer en el ámbito territorial de Castilla y León de instalaciones debidamente inscritas y/o acreditadas que permitan la impartición de las acciones formativas solicitadas. De acuerdo con lo establecido en el artículo 15.3 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, las instalaciones y recursos podrán ser propios o bien de titularidad de terceras entidades privadas o públicas cuando ello no implique subcontratar la ejecución de la actividad formativa, debiendo aportar en este caso el correspondiente acuerdo o contrato de disponibilidad, con las condiciones y forma de acreditación que se establezcan en la convocatoria.

Documentos asociados

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