Subvenciones públicas destinadas a la financiación de planes de formación dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con la formación para el empleo, la negociación colectiva y la participación institucional en la Comunidad de Castilla y León.

Código de ayuda:

S41155/20

Norma:

ORDEN EEI/736/2020, de 30 de julio. Resolución de 7 de septiembre de 2020. Resolución de 17 de agosto de 2021. Resolución de 7 de julio de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 6 de agosto de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La realización de planes de formación compuestos por actividades formativas correspondientes a las áreas de formación calificadas como prioritarias en el Anexo IV de la presente convocatoria. Por actividades formativas se entienden tanto las acciones formativas como otras actuaciones de carácter formativo como jornadas, talleres, seminarios o similares. Las actividades formativas podrán ser en impartidas en modalidad presencial o teleformación y su contenido formativo deberá estar relacionado con las áreas de formación calificadas como prioritarias en la convocatoria por estar dirigidas al desarrollo de las funciones relacionadas con la formación para el empleo, la negociación colectiva y la participación institucional. El número máximo de horas de formación del conjunto de actividades formativas a financiar en cada programa será de 850 horas.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Formación
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Empleo e Industria (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El crédito se distribuirá entre las solicitudes que cuenten con mayor valoración técnica hasta agotar el crédito disponible. La cuantía de la subvención a conceder será la suma del importe correspondiente a cada una de las actividades formativas que integran el plan de formación, calculado mediante el producto del número de horas de la actividad formativa por el número de participantes y por el importe del módulo
económico que se establece en función de la actividad a desarrollar:

Acciones formativas:
- Presencial: 13€
- Teleformación: 6€

Otras actuaciones formativas (jornadas, talleres o seminarios:
- Presencial: 13€

El número máximo de horas de formación del conjunto de actividades formativas a financiar en cada plan será de 800 horas. Este límite no será de aplicación si la totalidad de solicitudes presentadas no agotan el crédito disponible. En ningún caso se podrá conceder una subvención por importe superior al solicitado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

a) Las asociaciones empresariales y organizaciones sindicales más representativas en el ámbito de Castilla y León.

b) Las asociaciones empresariales y organizaciones sindicales, que no teniendo la condición de más representativas, gocen de capacidad de representación en funciones relacionadas con la negociación colectiva dentro del ámbito de la Comunidad de Castilla y León. Se considerará ámbito de Castilla y León las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales que estén legitimadas para la negociación colectiva sectorial en un ámbito geográfico y funcional específico que no sobrepase los límites de la Comunidad de Castilla y León, de acuerdo con lo establecido en los apartados 2 y 3 de artículo 87 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

A estos efectos, la mayor representatividad o representatividad de todas las organizaciones sindicales se determinará teniendo en cuenta lo establecido en los artículos 6 y 7 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical. A su vez, la representación de las organizaciones empresariales se determinará de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional sexta del Estatuto de los Trabajadores.

La convocatoria establecerá la forma de acreditación de lo dispuesto en el presente apartado.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Las retribuciones del personal formador internos y externos

b) Los gastos de amortización de equipos didácticos y plataformas tecnológicas calculados con criterios de amortización aceptados en las normas de contabilidad, así como el alquiler o arrendamiento financiero de los mismos

c) Gastos de medios didácticos y/o adquisición de materiales didácticos, así como los gastos en bienes consumibles utilizados en la realización de las actividades formativas, incluyendo el material de protección y seguridad

d) Los gastos de alquiler, arrendamiento financiero, excluidos sus intereses, o amortización de las aulas, talleres y demás superficies utilizadas en el desarrollo de la formación

e) Gastos de seguro de accidentes de quienes participen y de responsabilidad civil

f) Gastos de transporte, manutención y alojamiento para quienes participen en las actividades formativas

g) Los gastos de publicidad para la organización y difusión de las actividades formativas y de captación y selección de los alumnos participantes

h) Gastos derivados de la contratación de personas especializadas en la atención a los alumnos con discapacidad o pertenecientes a colectivos vulnerables o en riesgo de exclusión, y/o de la adaptación de medios didácticos y evaluación, con la finalidad de mejorar las condiciones en las que estos alumnos reciben la formación

i) Costes de evaluación y control de la calidad de la formación que se haya efectuado; podrá destinarse una cuantía que, sumada al coste del informe de auditoría, no podrá superar el 5% de la subvención concedida. Este coste se justificará a través de los soportes correspondientes a los gastos
generados.

j) Costes del informe de auditoría, pudiéndose destinar a estos gastos un máximo del 1% de la subvención concedida

k) Los gastos financieros directamente relacionados con la actividad subvencionada y que resulten indispensables para la adecuada preparación o ejecución de esta

l) Otros costes: luz, agua, calefacción, telefonía, conexión telemática, mensajería, correo, comunicaciones, material de oficina, limpieza y vigilancia y otros costes, siempre que estén asociados a la ejecución de la actividad formativa

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