Subvenciones públicas destinadas a la financiación de la oferta formativa del sistema de formación profesional en el ámbito laboral asociada al catálogo nacional de cualificaciones profesionales para trabajadores desempleados en Castilla y León.

Código de ayuda:

S23928/23

Norma:

ORDEN IEM/589/2023, de 28 de abril.

Plazo de Solicitud:

A determinar en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta orden tienen por objeto la realización de las acciones formativas del sistema de Formación profesional en el ámbito laboral asociada al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, dentro de la iniciativa de oferta formativa de las administraciones competentes para trabajadores desempleados, inscritos como demandantes de empleo, que se desarrollará mediante programas de formación dirigidos a cubrir las necesidades formativas detectadas por las vías reglamentariamente establecidas, que establezca la correspondiente convocatoria para cada ámbito territorial y modalidad de impartición en el territorio de Castilla y León.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Formación
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Industria, Comercio y Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las convocatorias establecerán la subvención aplicable a cada plan formativo y a cada una de las acciones formativas que lo integran, en los términos del artículo 11 y dentro de los módulos económicos máximos previstos en el Anexo I de la Orden EFP/942/2022, de 23 de septiembre.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los centros y las entidades de formación públicos o privados en los términos previstos en el artículo 7 de la Orden EFP/942/2022, de 23 de septiembre.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Son gastos subvencionables los previstos en el artículo 14 y el Anexo II de la Orden EFP/942/2022, de 23 de septiembre, en los términos del Capítulo III de las presentes bases reguladoras.

Requisitos:



Documentos asociados

Boletín: 10/05/2023
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 88
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento