Subvenciones publicas correspondientes al ejercicio 2012 destinadas a la realizacion de acciones formativas incluidas en la oferta preferente del Servicio Extremeño Publico de Empleo y dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados.

Código de ayuda:

S33737/12

Norma:

ORDEN de 6 de septiembre de 2012. DECRETO 168/2012, de 17 de agosto.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 01/10/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Financiar la realización de acciones formativas de la oferta preferente
dirigidas prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Servicio Extremeño Público de Empleo (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de subvención a conceder para la actividad formativa se determinará mediante el producto del número de horas de la acción formativa por el número de alumnos y por el importe del módulo económico correspondiente.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las organizaciones empresariales y sindicales, centros y entidades previstos en el artículo 2.1 del citado Decreto, inscritas o en su caso acreditadas en el registro de Centros y Entidades de Formación Profesional para el Empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para la impartición de las especialidades solicitadas.

Además de los beneficiarios señalados en el apartado anterior, los miembros asociados del beneficiario que se comprometan a ejecutar la totalidad o parte de la actividad que fundamenta la concesión de la subvención en nombre y por cuenta del mismo, podrán tener igualmente la consideración de beneficiarios.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. La oferta preferente de acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados es la que se determina en el Anexo I a la presente orden.

2. De conformidad con lo previsto en el artículo 6.2 del Decreto 168/2012, de 17 de agosto, las acciones formativas de la presente convocatoria llevarán añadido un módulo de “Inserción laboral, sensibilización medioambiental y en la igualdad de género” (FCOO03) de 10 horas y un módulo sobre prevención de riesgos (código FCOS01) de 10 horas, a aquellas especialidades en las que estos contenidos no se encuentren incluidos en su programa normalizado o certificado de profesionalidad.

3. Con arreglo a lo previsto en el artículo 15.2 del Decreto 168/2012, de 17 de agosto, la programación y ejecución de las acciones formativas financiadas con cargo a la presente convocatoria podrán tener carácter plurianual. En todo caso, las acciones formativas deberán ejecutarse a partir del día siguiente a la fecha de notificación de la resolución de concesión de la ayuda y hasta el 1 de septiembre de 2013.

Documentos asociados

Boletín: 23/08/2012
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 163
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 11/09/2012
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 176
Documento: Convocatoria 2012 y Anexos Descargar Documento