Subvenciones publicas correspondientes al ejercicio 2010, destinadas a la contratacion de personas empleadas de hogar por cuenta propia y ajena en el marco de la conciliacion de la vida familiar, personal y laboral.

Código de ayuda:

S47300/10

Norma:

DECRETO 152/2009, de 26 de junio. ORDEN de 26 de julio de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/08/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

a) Programa III. Ayudas para la contratación de personas empleadas de hogar por cuenta ajena como medida de conciliación de la vida personal, laboral y familiar.

b) Programa IV. Ayudas a personas empleadas de hogar que desarrollen su actividad por cuenta propia con carácter parcial o discontinuo, como medida de integración al mercado de trabajo.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Igualdad y Empleo (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. El importe total de la convocatoria para el programa III, previsto en el artículo 1.a) de la presente orden, asciende a 200.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 1440242A489 y al proyecto de gasto 200814006000300 “Ayudas a la creación de empleo”, con fuente de financiación de la Comunidad Autónoma.

2. El importe total de la convocatoria para el programa IV, previsto en el artículo 1.b) de la presente orden, asciende a 50.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 1440242A489 y al proyecto de gasto 200814006000300 “Ayudas a la creación de empleo”, con fuente de financiación de la Comunidad Autónoma.

La cuantía de la subvención será la establecida en el artículo 32, modificado por el Decreto 162/2010, de 16 de julio, y en el artículo 41 del Decreto 152/2009, de 26 de junio, según el tipo de ayuda solicitada, que se tramitará en un pago único una vez dictada y notificada la resolución de concesión de la ayuda.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

El empleador que tenga contratado a un trabajador mediante relación laboral de carácter especial del Servicio del Hogar Familiar, debiéndose prestar los servicios de modo exclusivo y permanente, y a jornada completa, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

El propio empleado de hogar, en el caso de que preste servicios a uno o varios cabezas de familia con carácter parcial o discontinuo, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Requisitos:

Los beneficiarios deberán reunir los requisitos generales establecidos en el artículo 6 del Decreto 152/2009, de 26 de junio, así como aquellos específicos que para cada programa se establece en el Capítulo III, secciones 1 y 2, del precitado decreto.

Documentos asociados

Boletín: 03/07/2009
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 127
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 30/07/2010
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 146
Documento: Convocatoria 2010. Descargar Documento