Subvenciones públicas cofinanciadas con Fondos Estructurales, con cargo al P. O. FEDER para Ceuta 2007- 2013, Eje 2, Tema prioritario 08.

Código de ayuda:

S09719/10

Plazo de Solicitud:

1º del 15/02 al 31/03. 2º del 01/04 al 31/05. 3º del 01/06 al 31/07. 4º del 1/08 al 30/09. 5º del 1/10 al 30/11.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las condiciones que han de regir el concurso, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de las subvenciones públicas en el marco del Programa Operativo FEDER para Ceuta periodo 2007-2013, destinadas a Proyectos de Desarrollo e Innovación Empresarial. (Eje 2 «Desarrollo e Innovación Empresarial», tema prioritario o estratégico 08 «Otras inversiones en empresas»).

Categorías Subvención

  • Calidad
  • Comercio
  • Creación nuevas empresas
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Ceuta

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Ceuta)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para los proyectos cuya inversión sea superior a 300.000 euros y que, además conlleven la creación mínima de 5 puestos de trabajos indefinidos a jornada completa, será subvencionable el 50% de la inversión con el límite máximo de 180.000 euros por proyecto y beneficiario.

Para los proyectos cuyas inversiones sean superior a 200.000 euros e inferior a 300.000 euros y que, además conlleven la creación mínima de 3 puestos de trabajos indefinidos a jornada completa, será subvencionable el 50% de la inversión con el límite máximo de 100.000 euros por proyecto y beneficiario.

Para todos los proyectos cuya inversión sea inferior a 200.000 euros, será subvencionable el 50% de la inversión con el límite máximo de 60.000 euros por proyecto y beneficiario.

Para aquellos supuestos en los que un mismo beneficiario presente varios proyectos subvencionables, habrá de acreditar la individualidad de cada uno de ellos, mediante la aportación de los documentos que justifiquen la realización de las inversiones en locales distintos (totalmente identificados y registrados de forma independiente), con entradas diferenciadas, con instalaciones individualizadas, distintas licencias de apertura y en todo caso conllevará la creación de empleo indefinido en cada uno de los proyectos.

El límite máximo de ayudas que un mismo proyecto podrá obtener, será el definido de conformidad con la
Comunicación de la Comisión 6684/2006, de 20 del diciembre de 2006, relativo al Mapa de Ayudas Regionales 2007-2013. ( Ayuda Estatal N626/2006).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las pequeñas empresas y las microempresas, existentes o de nueva creación, ya sean personas físicas o jurídicas, con finalidad inversora en Ceuta, siendo de aplicación la Recomentación de la Comisión de 6 de mayo de 2003 sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (DOCEL 124 de 20 de mayo de 2003).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Son proyectos subvencionables:

1. Son proyectos de creación de nuevos establecimientos las inversiones que den origen a la iniciación
de una actividad en la Ciudad.

2. Son proyectos de ampliación y/o reforma, las inversiones que supongan el desarrollo de una actividad ya
establecida o la iniciación de otras, relacionadas o no con la ya desarrollada por la empresa solicitante en la ciudad.

3. Son proyectos de traslado las inversiones efectuadas en el desmontaje, traslado y montaje de empresas,
en la ciudad de Ceuta.

4. Son proyectos de reconversión, las inversiones que supongan el cambio de actividad en establecimientos
mercantiles de sectores en crisis a sectores cconsiderados con mayor potencial de futuro y subvencionables en el ámbito de las presentes bases reguladoras, siempre que implique una modificación sustancial de las instalaciones del mismo y que no tengan vinculación con el producto comercializado
anteriormente. Asimismo, serán proyectos de reconversión aquellos que, aun manteniendo la actividad que desarrollan, sufran una reorientación de la misma apoyada por franquicia consolidada en el sector.

5. Proyectos de implantación de sistemas de gestión de calidad y/o medioambiental, siempre que no exista otra línea de actuación en la Ciudad Autónoma de Ceuta para la financiación del proyecto.

6. Se considerarán proyectos excluidos, todos aquellos relacionados en el documento anexo a estas bases.

Documentos asociados

Boletín: 19/02/2010
BOCCE Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta- Nº 4923
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento