Subvenciones primer ciclo de educacion infantil.- Convocatoria 2012.- Modificación.

Código de ayuda:

S39555/12

Norma:

Felanitx, 20 de septiembre de 2012. Felanitx, 29 de noviembre de 2012.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 20 de diciembre de 2012.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el ejercicio 2012, subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, a personas físicas o jurídicas, que sean titulares de Centros de Primer Ciclo de Educación Infantil, para financiar los gastos de mantenimiento originados en los referidos Centros.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Ayuntamiento de Felanitx. (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los titulares de Centros de Primer Ciclo De Educación Infantil, del Término de Felanitx que estén cualificadas e inscritas en el registro administrativo creado al efecto, y adecuadas a la normativa vigente como Centros de Educación infantil de primer ciclo o en proceso de adecuación y que cumplan los requisitos establecidos a continuación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

– Gastos de personal, correspondientes a salarios del personal que preste servicios en cada centro, incluidas las cotizaciones por cuota patronal a la Seguridad Social relativa a la entidad titular del centro, así como las cantidades asignadas a otros gastos, que comprenderán los del personal de administración y servicios.

– Gastos de alimentación.

– Otros gastos generales de mantenimiento del centro.

Requisitos:

a) Atender niños/se menores de tres años.

b) Encontrarse al cabo de la calle de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, según el que dispone los artículos 18 y 19 del RD
887/2006 de 21 De Julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

c) Tener unos ratios adecuados para estas edades:

- 3-12 meses, máximo: 7 niños/aula/educador.

- 12-24 meses, máximo 12 niños/aula/educador.

- 24-36 meses, máximo: 18 niños/aula/educador.

Los dichos ratios tendrán que cumplirse en el momento de la presentación de la solicitud de ayudas.

d) La titulación del personal que atenderá los alumnos estará adecuado al que prevén los artículos 11 y 12 del RD 60/2008 de 2 de mayo.

e) Contar con un amplio horario y flexible de comedor y prestar servicios durante 11 meses al año.

f) Utilizar entre los criterios de admisión el de nivel de ingresos familiares, priorizando los más bajos g) No estar sometidos en cabeza de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 25/10/2012
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 156
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento
Boletín: 13/12/2012
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 185
Documento: Modificación Descargar Documento