Subvenciones previstas en el Programa de Apoyo a la Innovacion de las Pequeñas y Medianas Empresas "Innoempresa". Convocatoria 2007, modificaciones y correcciones.

Código de ayuda:

S45919/07

Norma:

ORDEN de 22 de mayo de 2007. ORDEN de 10 de octubre de 2007. Real Decreto 1579/2006, de 22 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/06/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el año 2007, en régimen de concurrencia competitiva, el procedimiento de concesión de las subvenciones previstas la convocatoria de las subvenciones previstas en el Programa de Apoyo a la Innovación de las Pequeñas y Medianas Empresas “InnoEmpresa”, destinadas al apoyo a la innovación y la competitividad de las pequeñas y medianas empresas en los ámbitos tecnológico, organizativo y de gestión empresarial, reguladas en el Real Decreto 1.579/2006, de 22 de diciembre, por el que se establece el régimen de ayudas y el sistema de gestión del Programa de apoyo a la innovación de las pequeñas y medianas empresas 2007-2013, que se recoge en el anexo.

El plazo para realizar y justificar la actividad terminará el mismo día que el plazo para la aceptación.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad (Canarias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las pequeñas y medianas empresas (Pyme) que cuenten con uno o más empleados, y los organismos intermedios.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Los proyectos que presenten los organismos intermedios para acogerse a este régimen de ayudas deberán contemplar la prestación de servicios de carácter innovador a un conjunto de pequeñas y medianas empresas (Pyme) que participarán en su ejecución y financiación.

2. Los organismos intermedios deberán establecer un plan que defina el número de empresas que van a participar en el mismo, su carácter de pequeña o mediana empresa, el sector al que pertenecen y el ámbito geográfico de desarrollo del proyecto. Los proyectos en cuyo plan estén identificadas al menos un 50 por ciento de las empresas participantes, gozarán de una consideración prioritaria.

3. Los proyectos solicitados por organismos intermedios podrán destinar un 30 por ciento como máximo del gasto subvencionable a actividades de preparación y difusión. Excepcionalmente, podrá rebasarse dicho límite hasta un máximo del 50 por ciento cuando pueda demostrarse que la naturaleza del proyecto así lo justifique.

Documentos asociados

Boletín: 02/02/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 29
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 28/05/2007
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 106
Documento: Convocatoria del procedimiento de concesión y Anexos Descargar Documento
Boletín: 14/06/2007
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Boletín: 14/06/2007
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Boletín: 22/10/2007
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 211
Documento: Modificación Descargar Documento