Subvenciones previstas en el Decreto ley 49/2020, de 1 de diciembre, de medida urgente complementaria en materia de empleo y fomento de la actividad económica para hacer frente a las consecuencias de la afectación en el mercado de trabajo de la COVID-19 en determinados territorios de Cataluña (SOC– PERIMETRALES).

Código de ayuda:

S00200/21

Norma:

DECRETO LEY 21/2020, de 2 de junio. DECRETO LEY 49/2020, de 1 de diciembre. RESOLUCIÓN TSF/3457/2020, de 27 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Promotoras: Del 1 de febrero hasta el 30 de marzo de 2021. Contratantes: Del 1 de junio al 1 de noviembre 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta Resolución tiene por objeto abrir la convocatoria extraordinaria anticipada para el año 2021, para la presentación de solicitudes de subvenciones para el desarrollo de proyectos destinados a paliar los efectos de la COVID-19 en el mercado de trabajo en aquellos territorios afectados por el cierre perimetral, previstos en el Decreto ley 49/2020, de 1 de diciembre, de medida urgente complementaria en materia de empleo y fomento de la actividad económica para hacer frente a las consecuencias de la mayor afectación en el mercado de trabajo de la COVID-19 en determinados territorios de Cataluña y de modificación del Decreto ley 21/2020, de 2 de junio, de medidas urgentes de carácter económico, cultural y social para hacer frente a las consecuencias de la COVID19 (DOGC núm. 8286, de 3 de diciembre), modificado por el Decreto ley 51/2020, de 15 de diciembre, de modificación del Decreto ley 39/2020, de 3 de noviembre, de medidas extraordinarias de carácter social para hacer frente a las consecuencias de la COVID-19, y del Decreto ley 49/2020, de 1 de diciembre, de medida urgente complementaria en materia de empleo y fomento de la actividad económica para hacer frente a las consecuencias de la mayor afectación en el mercado de trabajo de la COVID-19 en determinados territorios de Cataluña.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Aprendizaje y capacitación

La cuantía de la subvención a otorgar para cada acción formativa se determina aplicando un módulo económico de acción formativa por el número de alumnos otorgados.

El módulo económico de acción formativa se obtiene aplicando el módulo/hora, publicado a la Resolución
TSF/578/2020, de 2 de marzo, por la que se actualizan los módulos económicos aplicables a las acciones de
formación profesional para el empleo, dirigidas prioritariamente a personas trabajadoras desocupadas, que
promueve el Servicio Público de Empleo de Cataluña.

b) Planes de empleo

La cuantía a otorgar para cada contrato se determina aplicando un módulo mensual multiplicado por el número de meses del contrato, por los importes siguientes:

- Para la contratación de personal técnico, 2.835,80 euros.

- Para la contratación de personal administrativo, 2.264,85 euros.

Estas cuantías se han determinado en base a un informe técnico motivado en el que se han previsto las variables técnicas y económicas que se han tenido en cuenta en la determinación del módulo.

c) Acogida y acompañamiento a la inserción laboral

El importe a otorgar es una cuantía máxima de 46.312,48 euros por persona que hace las tareas de acogida y acompañamiento, calculado sobre la base del coste de personal durante el periodo de ejecución del programa, incrementado en un 15% por gastos indirectos.

d) Prospección y asesoramiento

El importe a otorgar es una cuantía máxima de 46.312,48 euros por persona que hace las tareas de prospección y asesoramiento calculado sobre la base del coste de personal durante el periodo de ejecución del programa, incrementado en un 15% por gastos indirectos.

e) Fomento de la contratación

La cuantía a otorgar para cada contrato se determina aplicando un módulo mensual de 1.108,33 euros
mensuales, multiplicado por el número de meses del contrato.

Estas cuantías se han determinado en base a un informe técnico motivado en el que se han previsto las variables técnicas y económicas que se han tenido en cuenta en la determinación del módulo. De acuerdo con este informe, la referencia para la determinación de la cuantía del módulo es el Salario Mínimo Interprofesional en cómputo anual del año 2020, que incluye los complementos salariales.

De acuerdo con el apartado b) del artículo 13.2 del Decreto ley 49/2020, de 1 de diciembre, para las tareas asociadas a la gestión de esta actuación se establece un importe máximo de 46.312,48 euros, calculado sobre la base del coste de personal de la entidad beneficiaria, durante el periodo de ejecución del programa, incrementado en un 15 % por gastos indirectos.

f) Asistencia técnica

El importe a otorgar para esta actuación es una cuantía máxima de 50.000,00 euros por proyecto.

g) Actuación de coordinación

El importe a otorgar para esta actuación es una cuantía máxima de 54.775,95 euros, por persona coordinadora que participa en el proyecto calculado sobre la base del coste de una persona coordinadora, durante el periodo de ejecución del programa, incrementado en un 15% por gastos indirectos. Esta cuantía en ningún caso podrá ser superior al 10% del coste total del proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Pueden ser entidades beneficiarias de la subvención para la realización de los proyectos integrados, los ayuntamientos y los consejos comarcales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

De acuerdo con lo que prevé el artículo 2 del Decreto ley 49/2020, de 1 de diciembre, las actuaciones
subvencionables se desarrollan mediante un proyecto integrado, y deben responder a dos ejes de intervención, el del empleo y el de la mejora del tejido productivo. Las actuaciones que se subvencionan son las siguientes:

- Aprendizaje y capacitación.

- Planes de empleo.

- Acogida y acompañamiento a la inserción laboral

- Prospección y asesoramiento

- Fomento de la contratación

- Asistencia técnica.

- Actuación de coordinación del proyecto, que es transversal a los dos ejes.

Documentos asociados

Boletín: 04/06/2020
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8147
Documento: DECRETO LEY 21/2020 Descargar Documento
Boletín: 03/12/2020
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8286
Documento: Medidas urgentes COVID-19 Descargar Documento
Boletín: 31/12/2020
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8307
Documento: Convocatoria 2021 Descargar Documento