Subvenciones previstas en el Decreto 202/2015, de 27 de octubre, por el que se regulan las subvenciones a empresas para la realización de inversiones destinadas a la protección del medio ambiente.

Código de ayuda:

S30373/18

Norma:

ORDEN de 6 de junio de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 13 de julio de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la presente Orden es convocar, para el ejercicio 2018, las subvenciones a empresas para la realización de inversiones, en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, destinadas a la protección del medio ambiente, conforme a lo establecido en el Decreto 202/2015, de 27 de octubre, por el
que se regulan las subvenciones a empresas para la realización de inversiones destinadas a la protección del medio ambiente.

Categorías Subvención

  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrá ser persona beneficiaria de las subvenciones reguladas por este Decreto cualquier persona física o jurídica de naturaleza privada dedicada a actividades industriales, mercantiles o de prestación de servicios, con o sin fines lucrativos, así como las asociaciones constituidas por las mismas que representan los intereses generales y comunes.

Quedan fuera del ámbito del presente régimen de ayudas las Entidades Locales, Organismos Autónomos, Entes Públicos de derecho privado y Sociedades Públicas y aquellos otros entes que también forman parte del sector público tales como fundaciones o consorcios públicos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.– Ayudas a la inversión que permitan ir más allá de las normas de la Unión en materia de protección medioambiental o incrementar el nivel de protección medioambiental en ausencia de normas de la Unión.

2.– Ayudas para la adaptación anticipada a futuras normas de la Unión.

3.– Ayudas para estudios medioambientales.

4.– Ayudas a la inversión para el reciclado y reutilización de residuos, si se cumplen las siguientes
condiciones acumulativas:

a) La inversión se destina a reducir los residuos generados por otras empresas.

b) En otras circunstancias, los materiales reciclados o reutilizados tratados serían eliminados o tratados de manera menos respetuosa con el medio ambiente.

c) Las ayudas no liberarán indirectamente a las personas responsables de la contaminación de una carga que deba ser soportada por aquellas con arreglo a la legislación de la Unión, o de una carga que deba considerarse un coste empresarial normal.

d) La inversión no tiene como único efecto aumentar la demanda de materiales para reciclado sin aumentar la recogida de tales materiales.

e) La inversión irá más allá del estado actual de la técnica.

5.– Ayudas para el saneamiento de terrenos contaminados cuando no se pueda identificar a la persona responsable de la contaminación o no pueda ser tenido legalmente como responsable de financiar la rehabilitación de conformidad con el principio «quien contamina paga».

6.– Ayudas a las PYME para servicios de asesoramiento en materia de medio ambiente.

Documentos asociados

Boletín: 06/11/2015
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 212
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 13/06/2018
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 113
Documento: Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento