Subvenciones por salarios y cuotas empresariales a la Seguridad Social a las empresas de inserción sociolaboral de Navarra, establecidas en el Decreto Foral 94/2016, de 26 de octubre.

Código de ayuda:

S04300/19

Norma:

RESOLUCIÓN 3021/2018, de 28 de noviembre. RESOLUCIÓN 2500E/2019, de 1 de octubre. RESOLUCIÓN 3554E/2019, de 5 de diciembre. RESOLUCIÓN 4467E/2020, de 16 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 29 de noviembre de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de estas bases es regular las condiciones y requisitos de la concesión de subvenciones a las empresas de inserción sociolaboral, calificadas como tal en la Comunidad Foral de Navarra, por la contratación de personas en situación de exclusión social, para desarrollar con ellas itinerarios de inserción sociolaboral y servicios de intervención y acompañamiento, con la finalidad de incorporarlas a la empresa ordinaria.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Los Centros de Inserción Sociolaboral calificados provisionalmente de oficio como Empresa de Inserción Sociolaboral.

b) Los Centros de Inserción Sociolaboral calificados definitivamente como Empresas de Inserción Sociolaboral.

c) Las Empresas de Inserción Sociolaboral que lleven al menos 2 años de funcionamiento desde su calificación provisional.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A) Salarios.

En la subvención por salarios de las personas trabajadoras de las empresas de inserción sociolaboral se aplicarán los siguientes porcentajes:

a) Subvención equivalente al 75% del Salario Mínimo Interprofesional en proporción a la jornada efectivamente trabajada.

b) Subvención equivalente al 50% del Salario Mínimo Interprofesional, en proporción a la jornada de la persona trabajadora, durante el periodo comprendido entre el cuarto y el decimoquinto día, ambos inclusive, a partir de la baja en el trabajo por incapacidad temporal derivada de enfermedad común o accidente no laboral.

B) Cuotas empresariales a la Seguridad Social.

La subvención por cuotas empresariales a la Seguridad Social será del 100% de la cuota, incluida los periodos de accidente de trabajo o enfermedad profesional, correspondientes al Salario Mínimo Interprofesional, durante la vigencia del contrato, en proporción a la jornada.

Documentos asociados

Boletín: 15/01/2019
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 9
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 28/10/2019
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 213
Documento: Desautorización el gasto Descargar Documento
Boletín: 19/12/2019
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 248
Documento: Autorización gasto 2020 y convocatoria Descargar Documento
Boletín: 22/01/2021
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 15
Documento: Autorización gasto 2021 y convocatoria Descargar Documento