Subvenciones por las actividades de recuperación y valorización de aceites usados durante el año 2003.

Código de ayuda:

S09155/04

Norma:

Orden MAM/817/2004, de 10 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/04/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La gestión de aceites usados realizadas directamente como aquellas llevadas a cabo por delegación o subcontratación de acuerdo con lo establecido, en su caso, en la legislación de las Comunidades Autónomas.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Medio Ambiente ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la subvención a otorgar será el resultado de aplicar los siguientes módulos:
a) Hasta noventa euros con dieciséis céntimos (90,16 €) por tonelada de aceite usado que tenga como destino la regeneración, de acuerdo con lo establecido en el punto 1 del apartado segundo de esta Orden.
Esta cantidad se distribuirá de la siguiente manera:
Hasta veinticuatro euros con cinco céntimos (24,05 €) por cada tonelada para la recogida, transporte, y almacenamiento y análisis.
Hasta sesenta y seis euros con doce céntimos (66,12 €) por cada tonelada para tratamiento de regeneración y análisis.

b) Hasta cuarenta y dos euros con ocho céntimos (42,08 €) por tonelada para las operaciones de recogida, transporte, almacenamiento, análisis y tratamiento de descontaminación del aceite usado que no vaya destinado a regeneración.
Esta cantidad se distribuirá de la siguiente manera:
Hasta veinticuatro euros con cinco céntimos (24,05 €) por tonelada para la recogida, transporte, almacenamiento y análisis.
En los casos en que solo se proceda a la recogida, transporte y almacenamiento, sin tratamiento de descontaminación previo a su uso final, la subvención máxima será de dieciocho euros con cuatro céntimos (18,04 €) por tonelada.
Hasta dieciocho euros con cuatro céntimos (18,04 €) por tonelada para tratamiento de descontaminación y análisis previo a su uso final.

En los casos en que los aceites usados vayan destinados a actividades de reciclaje distintas de la regeneración (por ejemplo, destinados a la obtención de productos bituminosos), se podrá conceder una ayuda complementaria de hasta 18,04 € por Tonelada para compensar posibles extracostos en las operaciones de reciclaje distintas de las incluidas en el citado inciso.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas que hayan realizado durante el ejercicio de 2003 actividades de gestión de aceites usados.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Las actividades consistentes en la regeneración como aceite base de aceites usados, en las que se incluyen las operaciones de recogida, transporte, almacenamiento, análisis, pretratamiento y tratamiento.

2. Las actividades consistentes en otras operaciones de valorización distintas de la regeneración; bajo el concepto de valorización se incluyen las operaciones de recogida, transporte, almacenamiento, análisis, pretratamiento y tratamiento.
Dentro de las actividades de valorización, serán subvencionables todas las operaciones indicadas.

3. Las actividades de recogida, transporte, almacenamiento y análisis y pretratamiento en los Centros de Transferencia o tratamiento de descontaminación en instalaciones adecuadas.

En cualquiera de las actividades citadas, deberá asegurarse la protección de la salud humana y del medio ambiente y la preservación de los recursos naturales.

Requisitos:

Que el solicitante se encuentre al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a Seguridad Social en el momento de la solicitud de las mismas.

Documentos asociados

Boletín: 30/03/2004
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 77
Documento: Convocatoria Descargar Documento