Subvenciones por la Sociedad Regional de Educación Cultura y Deporte, SL (SRECD) a empresas y a personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos afectados por la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en el ámbito de la cultura y el deporte.

Código de ayuda:

S60500/20

Norma:

Decreto 87/2020, de 24 de noviembre. Decreto 96/2020, de 30 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 25 de enero de 2021.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 1.500

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El presente Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de ayudas por la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte, SL, destinadas a paliar el impacto derivado de la crisis sanitaria a empresas, trabajadores por cuenta propia o autónomos que desarrollen su actividad en sectores culturales y deportivos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejo de Gobierno (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención a percibir por cada beneficiario y actividad será de 1.500 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Las empresas que tengan su domicilio social en Cantabria, cualquiera que sea su forma jurídica, válidamente constituidas en el momento de publicación de este Decreto.

b) Las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos que estén dados de alta en el régimen correspondiente y tengan domicilio fiscal en Cantabria en el momento de publicación de este Decreto.

Requisitos:

a) Las empresas deberán estar legalmente constituidas e inscritas en el correspondiente registro público y los autónomos o trabajadores por cuenta propia deberán estar en situación de alta como trabajador/a en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos con anterioridad a la fecha de aprobación del presente Decreto, y no haber causado baja desde entonces, con independencia de que hayan tenido o no que suspender su actividad de manera temporal.

b) Desarrollar en alguno de los municipios de Cantabria alguna de las actividades económicas recogidas en el artículo 1.3 de este Decreto, identificadas por su código CNAE.

c) Tener su domicilio social o fiscal en alguno de los municipios de Cantabria.

d) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración
Tributaria, la Agencia Cántabra de Administración Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social o la mutua de previsión social correspondiente, según el caso.

Documentos asociados

Boletín: 25/11/2020
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 190
Documento: Bases y Convocatoria 2020 Descargar Documento
Boletín: 31/12/2020
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 124
Documento: Segunda Convocatoria 2021 Descargar Documento