Subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja destinadas a la promoción de las energías renovables, el ahorro y eficiencia energética y la protección del medio ambiente, en régimen de concesión directa.- Convocatoria 2018.

Código de ayuda:

S11028/18

Norma:

Orden DEI/11/2018, de 1 de marzo. Resolución de 4 de abril de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 20 de diciembre de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La ayudas pretenden fomentar una serie de acciones que permitan incrementar la competitividad de las empresas de La Rioja en base a un desarrollo sostenible que permita aprovechar las oportunidades que ofrece la protección del medio ambiente para la innovación, la creación de nuevos mercados, la mayor eficacia en el uso de los recursos y la mejora de la eficiencia en la utilización de la energía, con un peso destacado de las energías renovables.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Desarrollo Rural
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Desarrollo Económico (La Rioja)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Las empresas personas físicas o jurídicas válidamente constituidas que cuenten con establecimiento operativo en la Comunidad Autónoma de La Rioja, ejerzan la actividad económica para la que se solicita la ayuda, realicen las inversiones subvencionadas, y no se encuentren expresamente excluidas en este artículo.

b) Las empresas que vayan a crearse, implantarse o proveerse de un establecimiento operativo en la Comunidad Autónoma de La Rioja con el proyecto presentado.

c) Las entidades u organizaciones públicas, semipúblicas o privadas, así como las agrupaciones empresariales, que presten servicios a las empresas o gestionen de forma centralizada actividades encaminadas a cubrir sus necesidades, siempre que la actuación subvencionable esté dirigida a dichas empresas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1) Programa 1: Proyectos que permitan incrementar el nivel de protección medioambiental en las empresas.

Serán subvencionables aquellos proyectos que contemplen acciones encaminadas a subsanar o prevenir los daños al medio ambiente causados por la actividad de la empresa, a reducir el riesgo de tales daños o a un uso más eficiente de los recursos, tales como medidas de prevención, corrección o minimización de la contaminación y otros efectos negativos sobre el medio ambiente, gestión de residuos propios, modificaciones de procesos y aplicación de mejores tecnologías disponibles al objeto de reducir su impacto ambiental, incorporación de equipos e instalaciones de medida y control de la contaminación, sustitución de fuentes energéticas por otras menos contaminantes, así como otras medidas no detalladas que permitan a las empresas incrementar el nivel de protección medioambiental.

2) Programa 2: Proyectos de ahorro y eficiencia energética.

Serán subvencionables aquellas actuaciones encaminadas a un uso racional y eficiente de la energía que permitan a las empresas lograr ahorros en sus consumos energéticos, tales como la mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación existentes, de los procesos, instalaciones y/o equipos productivos consumidores de energía, rehabilitación de la envolvente térmica y otros elementos constructivos de los edificios, construcción de nuevos edificios con alta calificación energética Clase A o B, gestión eficiente de flotas de transporte, instalación de equipos y elementos de medida y control de los consumos energéticos, así como otras medidas no detalladas que permitan a las empresas lograr una mayor eficiencia energética.

3) Programa 3: Proyectos de cogeneración de alta eficiencia.

Serán subvencionables aquellas actuaciones encaminadas a un uso racional y eficiente de las unidades de cogeneración a través de nuevas unidades de cogeneración, a la mejora de unidades de cogeneración existentes o a la conversión de una central de generación de electricidad ya existente en una unidad de cogeneración.

4) Programa 4: Proyectos de energía procedente de fuentes renovables.

Serán subvencionables aquellas actuaciones encaminadas a la promoción y uso eficiente de la energía procedente de fuentes renovables no fósiles, tales como son la energía eólica, solar, aerotérmica, geotérmica, hidrotérmica y oceánica, hidráulica, biomasa, gases de vertedero, gases de plantas de depuración y biogases.

5) Programa 5: Proyectos para la gestión de residuos.

Serán subvencionables aquellas actuaciones encaminadas a la gestión de residuos y en especial, las actividades de prevención, reutilización y reciclado de residuos de otras empresas, reutilización o reciclado de agua o minerales que de lo contrario serían residuos no utilizados, así como otras medidas no detalladas que permitan el tratamiento de los residuos según procedimientos más respetuosos del medio ambiente.

6) Programa 6: Proyectos de infraestructuras energéticas.

Serán subvencionables aquellas actuaciones necesarias para la construcción o mejora de infraestructuras energéticas.

7) Programa 7: Estudios medioambientales directamente vinculados a inversiones.

Serán subvencionables los estudios, incluidas las auditorías energéticas, directamente vinculados a las inversiones contempladas en los programas 1 a 6 previstos en el artículo 4.1.

8) Programa 8: Estudios y asesoramiento en materia medioambiental no vinculado a inversiones.

Serán subvencionables las acciones necesarias para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador de la organización, a través del apoyo de consultores expertos externos que le guíen en la integración de los aspectos medioambientales y energéticos en las actividades de la empresa.

9) Programa 9: Contratación de profesionales tecnólogos para el desarrollo de tareas o proyectos medioambientales y/o energéticos en la empresa.

Será subvencionable la incorporación de profesionales tecnólogos en las empresas, bien a través de la contratación de éstos, bien mediante comisión de servicio por la cesión de investigadores desde organismos de investigación o grandes empresas, para la coordinación o gestión de tareas o proyectos del área medioambiental o energética de la empresa.

Documentos asociados

Boletín: 06/04/2017
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 40
Documento: Convocatoria 2018 Descargar Documento
Boletín: 07/03/2018
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 28
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Boletín: 06/04/2018
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