Subvenciones por el que se establece el mecanismo de compensación de costes indirectos para los sectores y subsectores industriales a los que se considera expuestos a un riesgo significativo de fuga de carbono durante el periodo 2021-2030.

Código de ayuda:

S27573/22

Norma:

Real Decreto 309/2022, de 3 de mayo. Orden de 4 de junio de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 11 de julio de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras, conforme a lo previsto en la normativa de la Unión Europea y nacional aplicable, del mecanismo de compensación de costes indirectos imputables a las emisiones de gases
de efecto invernadero, repercutidos en los precios de la electricidad, consecuencia de la aplicación del cuarto período del régimen europeo de comercio de derechos de emisión (en adelante, RCDE), para determinados sectores y subsectores expuestos a un riesgo significativo de fuga de carbono.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Industria, Comercio y Turismo ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de las ayudas que podrán otorgarse al conjunto de todos los beneficiarios será de 244.000.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a las ayudas reguladas en este real decreto las personas jurídicas del sector privado, incluidas o no en RCDE, cualquiera que sea su forma jurídica, siempre que cumplan los requisitos.

Requisitos:

a) Estén válidamente constituidas en el momento de presentar la solicitud.

b) Realicen una o varias actividades o fabriquen productos destinados a comercialización y beneficio empresarial, en los sectores enumerados en el anexo I de las nuevas Directrices, bajo los códigos NACE que se explicitan en el mismo, los cuales se encuentran igualmente incluidos en el anexo I del presente real decreto.

c) Hayan incurrido en costes de emisiones indirectas de CO2, en el año precedente a la convocatoria del mecanismo de compensación de ayudas, como consecuencia de los costes indirectos soportados en los gastos de suministro destinados a los procesos productivos.

Documentos asociados

Boletín: 04/05/2022
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 106
Documento: Bases Reguladoras 2022 Descargar Documento
Boletín: 08/06/2022
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 136
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 08/06/2022
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 136
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