Subvenciones por el desarrollo de programas de promoción de la interculturalidad dirigidos al alumnado inmigrante y de refuerzo lingüístico del alumnado de reciente incorporación (L2. Educación inclusiva y atención a la diversidad).

Código de ayuda:

S60528/19

Norma:

ORDEN de 30 de octubre de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 23 de diciembre de 2019.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 17.460

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de esta Orden establecer las bases y convocar las subvenciones por la coordinación de la perspectiva intercultural en los centros de enseñanza y por la ejecución de programas de refuerzo lingüístico a alumnado de reciente incorporación que presente dificultades comunicativas importantes relacionadas con el desconocimiento de las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma Vasca y que requiera un plan de refuerzo lingüístico durante el curso 2019-2020.

Constituyen alumnado de reciente incorporación los alumnos o alumnas que se hayan matriculado por vez primera en el sistema educativo vasco de enseñanza no universitaria desde el 1 de enero de 2018, siendo requisito para causar derecho a la subvención que durante el curso 2019-2020 sean mayores de 6 años y no cumplan 18 años en tal período.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención a la que podrá acceder cada centro, por la ejecución de programas de promoción de la interculturalidad, será de 17.460 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de la presente convocatoria aquellas personas o entidades titulares de centros privados con unidades concertadas en Educación Primaria y/o Secundaria obligatoria y aquellas personas o entidades titulares de centros privados o de titularidad municipal que reciben subvenciones del Departamento de Educación por la impartición de la Formación Profesional Básica ubicados, todos ellos, en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Las actividades realizadas para confeccionar, dirigir y gestionar programas para la promoción de la interculturalidad en aquellos centros titulares de conciertos educativos de educación primaria y/o secundaria obligatorias de una o más líneas en los que la matrícula de alumnado entre 6 y 16 años, en el momento de finalización del plazo de solicitud, cuente con un porcentaje de inmigrantes superior al 17%, quedando excluidos los centros que hayan dispuesto de este recurso durante tres o más años.

Toda actividad se propondrá desde una óptica inclusiva, es decir, estará enmarcada en un plan de acción del centro, dirigida a todo el alumnado y al profesorado, abierta a la participación y colaboración de otros agentes (familiares, grupos sociales...), y conectada al objetivo general de la mejora del rendimiento y éxito escolares.

b) Las actividades consistentes en acciones de refuerzo lingüístico al alumnado de reciente incorporación.

Requisitos:

– Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Este requisito ha de mantenerse hasta el momento de la liquidación de la subvención concedida.

– Estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones. Este requisito ha de mantenerse hasta el momento de la liquidación de la subvención concedida.

Documentos asociados

Boletín: 21/11/2019
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 222
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento