Subvenciones plurianual 2020-2021 al fondo de actividades del catálogo de actividades culturales del Consell Insular de Mallorca (CACIM) para entidades de administración local o los organismos públicos dependientes (CAEM y CULTURA EN RED).

Código de ayuda:

S57591/20

Plazo de Solicitud:

Hasta el 27 de noviembre de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 10.600

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta convocatoria es desarrollar las actividades culturales incluidas en las secciones culturales del Catálogo de actividades culturales del Consejo Insular de Mallorca (CACIM), destinadas a la colectividad o al público en general.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Mallorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Línea I: Actividades del Catálogo de actividades culturales del Consell de Mallorca referidas a las secciones culturales de teatro y danza.

Línea II: Actividades del Catálogo de actividades culturales del Consell de Mallorca, referidas a las secciones culturales de música, arte callejero, proyecciones, exposiciones, rutas culturales, ciclos de conferencias, actividades para fomentar la integración lingüística.

Línea III: Actividades del Catálogo de actividades culturales del Consell de Mallorca, referidas a la sección cultural de actividades para fomentar la lectura.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarios las entidades de administración local de Mallorca o los organismos públicos dependientes cuando, en este último caso, entre sus objetivos y finalidades, haya la cultura en general, o determinados aspectos culturales en particular, siempre y que las actividades objeto de subvención las gestionen estas entidades, por lo que la colaboración de otras entidades sea meramente residual o
secundaria.

En caso de que por la misma línea soliciten subvención, aunque sea por actividades diferentes, un ayuntamiento y un organismo dependiente de éste, se denegará la subvención al organismo dependiente.

No pueden ser beneficiarias las entidades de administración local y los organismos públicos dependientes de los municipios de más de 60.000 habitantes.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Son gastos subvencionables las actividades desarrolladas entre el 1 de julio de 2020 y el 30 de septiembre de 2021.

La temporalización de los gastos debe coincidir con la temporalización de la convocatoria, es decir, entre el 1 de julio de 2020 y el 30 de junio de 2021. Por lo tanto, las actividades, las facturas y los pagos correspondientes a las actividades subvencionadas deben estar incluidas entre las fechas antes señaladas.

Documentos asociados

Boletín: 07/11/2020
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 191
Documento: Bases y Convocatoria 2020 Descargar Documento