Subvenciones para restauración de elementos que forman parte del Patrimonio Cultural de Asturias para particulares e instituciones sin fines de lucro radicados en el Principado de Asturias.

Código de ayuda:

S27364/16

Norma:

Resolución de 6 de julio de 2016. Resolución de 29 de marzo de 2019. Resolución de 9 de octubre de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 20 de mayo de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la realización de obras de conservación, consolidación, restauración o rehabilitación en elementos que formen parte del Patrimonio Cultural de Asturias según la Ley 1/2001, de 6 de marzo, Patrimonio Cultural de Asturias que cuenten con la declaración como Bien de Interés Cultural, excluyendo la categoría de Conjunto Histórico, o estén incluidos individualmente en el Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias, excluyendo la categoría de Conjunto, o en bienes muebles vinculados, yacimientos arqueológicos asociados, o bienes inmuebles asociados a yacimientos que cuenten con estas categorías de protección.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Patrimonio Cultural y Arquitectura

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Educación y Cultura (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las subvenciones tendrán consideración de ayudas para la realización de las propuestas o proyectos seleccionados con independencia del coste real de las obras, que no estará afectado por ningún límite. La cuantía máxima de las ayudas, que en ningún caso podrá exceder del crédito autorizado, se fijará en la correspondiente convocatoria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrá solicitar estas subvenciones cualquier persona física o jurídica sin ánimo de lucro, que reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los acredite conforme se establezca en la correspondiente convocatoria y sea propietaria de forma individual o compartida de bienes del Patrimonio Cultural de Asturias que cumplan alguna de las condiciones.

Requisitos:

a) Declarados Bien de Interés Cultural, excluyendo la categoría de Conjunto Histórico.

b) Que hayan sido incluidos individualmente en el Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias, excluyendo la categoría de Conjunto.

Documentos asociados

Boletín: 22/07/2016
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 170
Documento: Bases Reguladoras 2016 Descargar Documento
Boletín: 29/04/2019
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 81
Documento: Convocatoria 2019 Descargar Documento
Boletín: 29/04/2019
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 81
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 21/10/2019
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 203
Documento: Ampliación plazo justificación. Descargar Documento