Subvenciones para realizar macroproyectos de cooperacion al desarrollo en paises empobrecidos del mundo - Convocatoria 2006, 2007, 2008.

Código de ayuda:

S71855/07

Norma:

Resolucion de 26 de noviembre de 2007. Resolucion de 29 de diciembre de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/02/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Pueden ser objeto de subvención:

I. Los proyectos de cooperación al desarrollo que se ejecuten en países empobrecidos de todo el mundo, incluyendo prospecciones o estudios previos sobre estos tipos de proyectos.

II. Los proyectos que favorezcan estrategias de codesarrollo como mecanismos de participación de las personas inmigrantes tanto en la vida social de los países de acogida como en las acciones de solidaridad con los países de origen, incluyendo prospecciones y estudios previos.

La primera tipología de proyectos se ha de llevar a cabo mediante un socio local del país beneficiario, que puede ser una administración pública o una asociación sin ánimo de lucro. Los de la segunda tipología, que podrán hacerse efectivos parcialmente en el territorio de las Illes Balears y parcialmente fuera, serán ejecutados por la entidad solicitante en el caso de acciones a realizar en las Illes Balears, y por los socios locales, para las acciones que se realicen en el exterior.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Servicios Sociales y Cooperación (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Pueden ser entidades beneficiarias de las subvenciones:

a) Las entidades de titularidad privada sin ánimo de lucro de las Illes Balears. Deberán tener la sede en las Illes Balears. Se entiende por tener la sede en las Illes Balears que la entidad esté inscrita en el registro correspondiente de la Comunidad Autónoma.

b) Las asociaciones del Estado español que tienen delegación permanente y activa en las Illes Balears. Se entiende por delegación permanente que la asociación esté inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior y que presente la certificación acreditativa. Así mismo deberán presentar:

- Acta de la reunión del órgano de gobierno competente en que se acuerda la apertura, el cambio o el cierre de locales o delegaciones, o certificado que lo acredite, expedido por el secretario con el visto bueno del presidente de la entidad.
- La memoria específica de las actividades de la delegación.
- Compromiso escrito de que la delegación de la entidad en las Illes se relacionará directamente con la contraparte de los proyectos financiados, atender á directamente las demandas de información y documentación que pueda requerir la Dirección General de Cooperación y estará en disposición de dar
cuenta permanente de la marcha de los proyectos financiados.
Se considera que la sede o delegación es activa cuando la entidad acredite haber llevado a cabo actividades dentro del ámbito de la cooperación o la sensibilización durante el año anterior al de la publicación de esta convocatoria.

c) Las fundaciones o otras entidades sin ánimo de lucro estatales que tengan su ámbito de actuación en las Illes Balears, o bien que tengan una delegación permanente y activa. En los dos casos, han de acreditar haber llevado a cabo actividades dentro del ámbito de la cooperación, como mínimo, durante el año anterior al de la publicación de esta convocatoria. Así mismo se exige:
- Una memoria económica.
- El compromiso escrito que la delegación de la asociación en las Illes atendrá directamente las demandas de información y documentación que requiere la Dirección General de Cooperación y estará en disposición de dar cuenta permanente de la marcha de los proyectos financiados.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las entidades solicitantes podrán presentar únicamente 1 macroproyecto.

Los proyectos tendrán una duración de 3 años presupuestarios (2006, 2007 y 2008).

La cantidad máxima del presupuesto total del proyecto no puede ser superior a 6.000.000 euros.

La cantidad máxima que se puede solicitar para los proyectos no puede ser inferior a 600.000 euros ni superior a 5.400.000 euros, cantidad que se ha de repartir cada año de ejecución de acuerdo con las características de cada proyecto.

Documentos asociados

Boletín: 10/01/2006
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 4
Documento: Resolución de 29 de diciembre de 2005 Descargar Documento
Boletín: 29/11/2007
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 178
Documento: Modificación Descargar Documento