Subvenciones para proyectos dirigidos a recuperar y poner en valor el patrimonio memorial democratico y se abre convocatoria publica para la presentacion de solicitudes para la obtencion de estas subvenciones, para los años 2008-2009.

Código de ayuda:

S70982/07

Norma:

ORDEN IRP/425/2007, de 14 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 02/01/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta convocatoria es la concesión de subvenciones a entes locales para proyectos dirigidos a la recuperación del patrimonio memorial que testimonie la lucha por la democracia durante el periodo comprendido entre los años 1931-1980.

Se subvencionarán las actuaciones establecidas en la base 2 que se realicen entre el 1 de enero de 2008 y el 15 de noviembre de 2009.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Patrimonio Cultural y Arquitectura

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Relaciones Institucionales y Participación (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Sólo se puede conceder un solo proyecto por cada ente local.
El importe máximo de cada subvención no tiene que implicar en ningún caso más del 70% del coste total de las inversiones presupuestadas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en estas bases los consejos comarcales, los ayuntamientos, las mancomunidades de municipios, los consorcios constituidos por entes locales y las entidades municipales descentralizadas que tengan previsto entre los años 2008 y 2009 alguna de las actuaciones descritas en la base 2.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser objeto de subvención las actuaciones que se lleven a cabo en el marco de proyectos de inversión promovidos por la administración local que contemplen la realización de obras o la dotación de equipamientos y de infraestructuras para la restitución, conservación, dignificación, señalización e interpretación de un patrimonio memorial. Las subvenciones de la presente convocatoria se pueden destinar a proyectos de inversión que contemplen las siguientes actuaciones:

a) La restauración y preservación de bienes culturales de la memoria histórica correspondientes al periodo 1931-1980.
b) La recuperación in situ, conservación, dignificación e interpretación de los espacios y lugares memoriales (espacios bélicos: búnkeres, trincheras, casamatas, refugios, campos de aviación, etc.; espacios de represión: prisiones, fosses, etc.).
c) La realización de obras de nueva planta, rehabilitación, ampliación, mejora o reforma de museos, centros de interpretación u otros equipamientos culturales destinados, preferentemente y de forma estable, a la interpretación y difusión de la memoria democrática o las obras para la creación o remodelación de espacios memoriales.
d) Las inversiones destinadas a la realización de proyectos de señalización y de adecuación de caminos, rutas e itinerarios de la memoria histórica.
e) El dotación e instalación de señales de orientación y paneles informativos en espacios de la memoria, de acuerdo con la normativa de señalización memorial de la Dirección General de la Memoria Democrática
f) Los gastos para la realización de proyectos ejecutivos y estudios de viabilidad indispensables para llevar a cabo la preparación y ejecución de las actuaciones indicadas en esta relación de actuaciones.

Las actuaciones subvencionables abarcarán los siguientes conceptos:

a) La construcción de bienes inmuebles exclusivamente cuando impliquen la construcción de equipamientos memoriales.
b) Los trabajos de protección, conservación y restauración de bienes inmuebles.
c) Las obras de arreglo y mejoras estructurales de exteriores y de interiores en edificaciones y construcciones.
d) Trabajos de acondicionamiento y balizamiento de zonas al aire libre.
e) Las medidas correctoras de impactos paisajísticos.
f) La adquisición de maquinaria, utillaje, señales, mobiliario y equipamientos nuevos, incluidos los equipos y programas informáticos.
g) Los trabajos de instalación y montaje de instalaciones, equipamientos y suministros de fabricación.
h) La redacción y la elaboración de proyectos técnicos de inversión, dirección de obra y estudios de viabilidad que justifiquen la inversión. El coste máximo subvencionable por estos conceptos no podrá superar el 12% del coste total solicitado.
i) El IVA de los justificantes será subvencionable si el beneficiario no se lo puede deducir.

Documentos asociados

Boletín: 23/11/2007
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5015
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento