Subvenciones para proyectos de produccion de actividades escenicas por empresas privadas y grupos de teatro profesional.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S06673/14

Norma:

Resolución de 14 de febrero de 2014. Resolución de 24 de marzo de 2014. Resolución de 3 de febrero de 2015. Resolución de 11 de marzo de 2015.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/04/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a fomentar la realización de proyectos de producción de artes escénicas o adecuación de montajes.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Educación (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El valor por punto se fija por referencia al importe máximo de subvención (7.200 euros), en relación al máximo de puntuación obtenible por un proyecto (100 puntos). A un proyecto con 100 puntos le corresponderán 7.200 euros de subvención, reduciéndose la cuantía de la subvención proporcionalmente hasta los 144 euros que le corresponderían a un proyecto con puntuación mínima de 51 puntos.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas, empresas del sector profesional dedicadas a la producción de espectáculos teatrales debiendo acreditar en todo caso su domicilio social en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La realización de proyectos de producción de artes escénicas o adecuación de montajes.

Requisitos:

No podrán ser beneficiarios de esta línea de subvenciones las distribuidoras, las asociaciones, fundaciones y otras entidades no expresamente referidas en el apartado primero.

Asimismo quedan excluidas, las entidades o actividades que puedan acogerse a otras ayudas de ésta u otras Consejerías del la Administración del Principado de Asturias, por tener convocatoria específica, y aquéllos en los que concurran alguna de las circunstancias expresadas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

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