Subvenciones para proyectos de investigación innovadores en materia de prevención de riesgos laborales.

Código de ayuda:

S61846/21

Norma:

Orden de 23 de noviembre de 2021. Resolución de 11 de marzo de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 21 de abril de 2022.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 20.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Promover proyectos de investigación innovadores que mejoren los niveles de conocimiento en materia de
prevención de riesgos laborales, y fomenten la transferencia de los resultados de la investigación a la
práctica diaria de la prevención de riesgos laborales.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Formación
  • Prevención Riesgos Laborales

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

100% del presupuesto subvencionable, con un importe máximo, en todo caso, de cuarenta mil (40.000,00) euros y con un mínimo de veinte mil (20.000,00) euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Universidades, cátedras en prevención de riesgos laborales, entidades académicas, asociaciones y
entidades sin ánimo de lucro. Según art.11.3 de Ley 38/2003, al ser las cátedras de PRL agrupaciones de personas sin personalidad jurídica, deberán hacer constar expresamente en la solicitud los compromisos de ejecución y el importe de la subvención a aplicar por cada miembro, así como el representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Proyectos de investigación, desarrollo e innovación en materia de prevención de riesgos laborales.
Considerando las áreas de actuación contempladas en los respectivos Planes de Actuación que se deriven de la Estrategia Andaluza de Seguridad y Salud en el Trabajo 2017/2022, se priorizarán los relacionados con dichas áreas según se determine en las respectivas convocatorias anuales, sin que ello suponga exclusión de otras materias.

Se considerarán gastos subvencionables los que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, realizados dentro del periodo de ejecución del mismo y debidamente especificados en la solicitud:

Gastos de ejecución del proyecto debidamente justificados como:

Compra de material fungible destinado a la ejecución del proyecto.

Material bibliográfico y documental

Contratación de aquellos servicios estrictamente necesarios en los que haya de incurrir el beneficiario como medio para la realización por si mismo de la actividad subvencionada, hasta un porcentaje del 20% del coste subvencionable del proyecto.

Gastos correspondientes a viajes y dietas, debiendo consignarse lugar, duración e interés del viaje
para el proyecto de investigación, si se dispone de esta información en el momento de cursar la
solicitud y su porcentaje máximo no podrá sobrepasar el 20% de la cuantía total del presupuesto del
proyecto.

Gastos de personal propio de la entidad beneficiaria, que deberá acreditar el número de horas dedicadas al proyecto y coste de las mismas. Su porcentaje máximo no podrá sobrepasar el 30% de la cuantía total del presupuesto del proyecto.

Retribuciones de personal contratado expresamente para el desarrollo del proyecto.

En este supuesto, quien solicite deberá acreditar que el personal es contratado de forma expresa para
el proyecto y justificar su necesidad y la inexistencia de brecha salarial entre mujeres y hombres en
la memoria del proyecto, debiendo aportar, además el correspondiente contrato.
En ningún caso serán gastos subvencionables:

a)Los intereses deudores de las cuentas bancarias.

b)Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.

c)Los gastos de procedimientos judiciales.

d)Los gastos correspondientes a la adquisición de material mobiliario de uso exclusivamente administrativo. Los tributos son gastos subvencionables cuando la entidad beneficiaria de la subvención los abona efectivamente.

En ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles
de recuperación o compensación.

Requisitos:

Entidades con domicilio social y fiscal en el ámbito territorial de Andalucía, que investiguen sobre proyectos innovadores en materia de prevención de riesgos laborales.

Documentos asociados

Boletín: 29/11/2021
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 229
Documento: Bases Reguladoras 2021 Descargar Documento
Boletín: 22/03/2022
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 55
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 22/03/2022
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 55
Documento: Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento