Subvenciones para proyectos de investigacion en el ambito de las tecnologias de la informacion y las comunicaciones (TIC).- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S01537/13

Norma:

ORDEN de 20 de diciembre de 2012. Decreto 188/2008, de 23 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 07/02/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar, para el año 2013, las subvenciones a proyectos de investigación en el ámbito de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC).

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Industria e Innovación (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Dentro del crédito disponible, la cuantía individualizada podrá ser de hasta el 80% de los
gastos subvencionables.

La obtención de esta subvención será compatible con otras subvenciones, ingresos o recursos, siempre que no se supere el coste de la actuación subvencionada y que junto con otras ayudas públicas la suma de las mismas no suponga más del 80% del coste de funcionamiento.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las entidades públicas que sean centros u organismos de investigación, y a los que pertenezcan o estén adscritos los investigadores del equipo que haya de realizar las actuaciones subvencionables descritas en apartado anterior, que cumplan las condiciones establecidas en el título I del Decreto 188/2008, de 23 de septiembre, especialmente en el artículo 3, y sean seleccionados conforme a los criterios de valoración indicados en el apartado cuarto.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Aquellas cuya finalidad sea la realización de proyectos de investigación y desarrollo tecnológico en el campo de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC), que incluyan acciones destinadas a facilitar la transferencia al mercado de los resultados de la investigación desarrollada, y que tengan como tema las tecnologías audiovisuales y las tecnologías multimedia.

Requisitos:

- Las entidades referidas en el apartado 1 deberán tener su razón social o ámbito territorial
de actuación dentro de la Comunidad Autónoma de Aragón. También podrán ser beneficiarias las entidades que posean oficinas o delegaciones en dicha Comunidad Autónoma.

- No podrán obtener la condición de beneficiario aquellos que se encuentren incursos en
alguna de las causas de prohibición previstas en la normativa aplicable en materia de subvenciones y que sean de aplicación a los sujetos definidos en el punto 1 como beneficiarios.

- Para obtener la condición de beneficiario, se exonera a los solicitantes de estas ayudas
del deber de acreditar el requisito de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda del Estado como con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Aragón, y frente a la Seguridad Social, de conformidad con el artículo 3.4 del Decreto
188/2008.

Documentos asociados

Boletín: 06/10/2008
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 162
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 15/01/2013
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 10
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento