Subvenciones para proyectos de inversión en actividades no agrícolas, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural en el marco del Programa de desarrollo rural de Galicia 2014-2020.- Convocatoria 2022.

Código de ayuda:

S04728/22

Norma:

RESOLUCIÓN de 29 de diciembre de 2021. RESOLUCIÓN de 13 de septiembre de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 25 de febrero de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular el procedimiento de concesión de las ayudas que gestionará la Agencia Gallega de Desarrollo Rural en el marco de la medida 6.4 del PDR de Galicia 2014-2020 destinadas a:

a) Adquirir maquinaria y equipamiento con el fin de mejorar, ampliar y/o modernizar las empresas existentes que desarrollan actividades no agrícolas en zonas rurales, con el fin de reforzar el tejido empresarial en el territorio rural gallego y mejorar su competitividad, inducir a la generación de nuevos empleos, consolidar los existentes y, en última instancia, dinamizar la economía de los territorios rurales.

b) Poner en marcha nuevas actividades empresariales de carácter no agrícola en las aldeas modelo declaradas con anterioridad a la publicación de estas bases reguladoras.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Desarrollo Rural
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Agencia Gallega de Desarrollo Rural (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Microempresas y pequeñas empresas ubicadas en zonas rurales. A estos efectos, la definición de pequeña empresa es la que resulta del Reglamento (UE) nº 651/2014, de 17 de junio, por la que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior, en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).

b) Personas físicas que residan en una zona rural.

c) Titulares de una explotación agraria o miembros de su unidad familiar, que diversifiquen sus actividades en ámbitos no agrícolas y que desarrollen su proyecto en la propia explotación.

Documentos asociados

Boletín: 25/01/2022
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 16
Documento: Bases, Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 25/01/2022
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 16
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 22/09/2022
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 181
Documento: Modificación Descargar Documento