Subvenciones para proyectos de innovación empresarial, al amparo de las bases reguladoras para la concesiónde subvenciones para fomentar actuaciones de innovación y desarrollo tecnológico en las empresas, los clústeres de innovación y los centros tecnológicos en Andalucía (Orden de 10 de febrero de 2025, Línea 6).

Código de ayuda:

S21355/25

Norma:

Resolución de 7 de julio de 2025. Orden de 10 de febrero de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de septiembre de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

De acuerdo con lo establecido en el artículo 1.3.f) de las bases reguladoras, el objeto de esta línea de subvenciones es la financiación de equipamiento para la mejora de las infraestructuras de investigación y de ensayo y experimentación de los centros tecnológicos.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Universidad, Investigación e Innovación (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para las convocatorias correspondientes a las líneas 5 y 6, para las entidades incluidas en el artículo 3.1.e) y 3.1.f), de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.7, la intensidad máxima de ayuda será del 100%.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D

Detalle beneficiarios:

De acuerdo con lo establecido en el artículo 3.1.f) de las bases reguladoras, para esta línea de subvenciones las entidades beneficiarias podrán ser los centros tecnológicos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 y en la disposición transitoria única del Decreto 223/2023, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento regulador de la clasificación, acreditación y registro de los Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento.

Estas entidades tendrán la consideración de organismos de investigación y difusión de conocimientos, de acuerdo con la definición establecida en el artículo 1.3.ff del Marco sobre ayudas estatales de investigación y desarrollo e innovación (2022/C 414/01).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Para el desarrollo de las actuaciones correspondientes a la línea 6, de acuerdo con lo establecido en el Marco sobre ayudas estatales de investigación y desarrollo e innovación (2022/C 414/01), los costes subvencionables serán los siguientes:

a) Adquisición e instalación de bienes de equipo de procesos y de equipos auxiliares.

b) Costes de servicios de consultoría y servicios externos vinculados a los bienes de equipo, entre los que se podrán incluir: Diseño de detalle, ingeniería, construcción del equipo, servicios necesarios para el funcionamiento de este y formación del personal operario.

c) Equipos informáticos o de infraestructura de TIC (tecnología de la información y telecomunicaciones) en general, incluyendo adquisición y tratamiento de software.

Requisitos:

Para ser beneficiarias, las entidades habrán de reunir los siguientes requisitos:

a) Las entidades beneficiarias, excepto aquellas que sean empresas, deberán estar inscritas en el Registro de Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento. La inscripción deberá mantenerse durante la ejecución de la actividad subvencionada. La comunicación de la variación de datos en este registro deberá realizarse conforme a lo establecido en el artículo 28 del Decreto 223/2023, de 12 de septiembre. Aquellas entidades que no se encuentren inscritas en el registro de Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento, deben haber presentado la solicitud de inscripción en dicho registro con anterioridad a la fecha de solicitud de la subvención. La inscripción deberá haberse completado con anterioridad a la resolución del procedimiento de concesión de estas subvenciones.

b) Las empresas deberán contar con un establecimiento operativo en la Comunidad Autónoma de Andalucía en el momento de la concesión de la subvención, que deberá permanecer durante la ejecución de la actividad subvencionada. A estos efectos, se define «establecimiento operativo» como un lugar donde la entidad realiza su actividad económica, con independencia de dónde se encuentre ubicado el domicilio social.

Documentos asociados

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